Hola colegas, quiero plantear una pregunta que hace tiempo me viene rondando y todavia no puedo encontrar una respuesta definitiva:
Esta determinado por ley 24557 art 12 que el Ingreso Base es la cantidad que resulte de dividir la suma total de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, devengadas en los DOCE (12) meses anteriores a la primera manifestación invalidante... hasta ahi todo ok.
Si nos atenemos estrictamente a lo que dice la ley, tenemos que tomar las remuneraciones sujetas a aportes de los 12 (mas SAC) meses anteriores, es decir que ese importe va a variar y hay que tener en cuenta por ejemplo 4200 + 4400 + 4500 + 4550 + 4700 + 4900 / 183 dias (es un ejemplo de un trabajador con 6 meses de antiguedad).
Usualmente observo en el juzgado como aqui en el foro que lo que realizan es tomar el ultimo valor devengado y consideran como si ese valor es el mismo para los 12 meses anteriores cuando esto no es asi hoy en dia. Ejemplo (4900 x 6) / 183 dias
Cual es la forma correcta de calcular?? Obviamente la segunda opcion nos dara un valor mas elevado; se que se acepta en los juzgados, pero si me toca estar del otro lado me gustaria saber cual es la forma correcta de calcular.
Saludos y gracias, espero no haber complicado mucho la duda
Esta determinado por ley 24557 art 12 que el Ingreso Base es la cantidad que resulte de dividir la suma total de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, devengadas en los DOCE (12) meses anteriores a la primera manifestación invalidante... hasta ahi todo ok.
Si nos atenemos estrictamente a lo que dice la ley, tenemos que tomar las remuneraciones sujetas a aportes de los 12 (mas SAC) meses anteriores, es decir que ese importe va a variar y hay que tener en cuenta por ejemplo 4200 + 4400 + 4500 + 4550 + 4700 + 4900 / 183 dias (es un ejemplo de un trabajador con 6 meses de antiguedad).
Usualmente observo en el juzgado como aqui en el foro que lo que realizan es tomar el ultimo valor devengado y consideran como si ese valor es el mismo para los 12 meses anteriores cuando esto no es asi hoy en dia. Ejemplo (4900 x 6) / 183 dias
Cual es la forma correcta de calcular?? Obviamente la segunda opcion nos dara un valor mas elevado; se que se acepta en los juzgados, pero si me toca estar del otro lado me gustaria saber cual es la forma correcta de calcular.
Saludos y gracias, espero no haber complicado mucho la duda
Primero es Antes
