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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #805484  por Lorenzito
 
El tema es el siguiente, llevo 7 años trabajando en una empresa, 3 de ellos en negro,los ultimos 4 en blanco mi jefe me debe el aguinaldo de junio y el de diciembre, paga en negro y me da los recibos de sueldo hasta un mes despues pero con fecha que pago en termino, con lo cual lleno ira empeze a faltar al trabajo, recibo una intimacion departe de la empresa por las inasistencias, seguido a esto, me suspenden por tres dias por intentar pegarle.
Se que por ignorante a las leyes tengo todas las de perder, soy conciente de ello, el miedo mio es.. puede llegar a juicio el intento de agresion? osea existe la posibilidad de que tenga que pagar ?

Les pido disculpas por mi forma de argumentar que carece de contenido intelectual.
 #805512  por adessoma
 
Lorenzito: Quédese tranquilo que no van a despedirlo por eso, al menos por ahora. Tenga presente que ud. ya fue objeto de una sanciión consistente en tres días de suspensión. Sin perjuicio de ello, el empelador debería hacer la denuncia en sede penal por lesiones en grado de tentativa (Ud. dijo que "intentó" pegarle). No prosperará la denuncia del empleador.
Pero es muy importante que tenga presente que Ud. deberá impugnar dentro de los 30 días la sanción consistente en tres días de suspensión. Caso contrario ésta queda firme y será invocada por el empleador como un argumento más para despedirlo sin pagar indemnización y, eventualmente, dilatar el tema en el Seclo.
Por otro lado, no hay duda alguna de que Ud. deberá intimar al empleador a que registre correctamente el vínculo en los términos de la ley 24013 (tanto fecha real de ingreso como la real remuneración).
Otro tema importante es que Ud. deberá intimar a que le asignen tareas; fíjese que ya lo intimaron por inasistencias. Si Ud. recibió una carta documento que lo intima a presentarse bajo apercibimiento de considerarlo incurso en abandono de trabajo, debería de inmediato negar el hecho e intimar a que le den ocupación efectiva. Sino lo van a despedir sin pagarle indemnizaciones.
Yo mismo tengo un caso en la actualidad donde mi cliente, literalmente, le rompió el tabique a un compañero y el empleador le hizo denuncia penal. Esta denuncia se desestimó y se le cayó la causal de despido invocada por el empleador. Asesórese bien, sobre todo por lo deltrabajo en engro, que ahí tiene un dinero importante para reclamar.
Espero haberle sido útil.
Atte:
 #805538  por Lorenzito
 
muchas gracias, en verdad le agradezco de corazon, me ha traido tranquilidad, ahora ya se que tengo que hacer.
disculpe las molestias
 #805547  por adessoma
 
Ninguna molestia, pero no se duerma, OK?
El domicilio del empelador es en Capital Federal?
 #805765  por Lorenzito
 
ahora mismo voy al correo tengo un aviso de carta documento, supongo que es una respuesta a un telegrama que mande, el tema es asi, el martes pasado cuando ingreso al trabajo mi jefe me dice que estoy suspendido y ya me envio la carta, vuelvo a mi casa, espero todo el dia y la carta no llega,miercoles vuelvo al trabajo y lo mismo me impide el ingreso, y me muestra una boleta del correo, espero todo el miercoles y nada.. con el miedo que me suspenda de palabra y me eche por abandono de tareas, el jueves lo intimo via telegrama a que aclare mi situacion laboral, o casualidad el viernes llega la carta. y hoy llego otra carta que debe ser, la de respuesta a mi telegrama-
es de provincia el empleador
 #805801  por adessoma
 
Quédese tranquilo, porque el presupuesto del abandono de tareas es la intimación previa. Esto es, antes de despedirlo por abandono de tareas, elempleador debe intimarlo por 48 horas a que se presente a retomar tareas, y recién ahí puede hacer efectivo el apercibimiento y despedirlo. Y este no es el caso porque Ud. no recibió una intimación previa.
Atte:
 #806179  por adessoma
 
Si en la CD se le indica que deberá presentarse bajo considerarlo en abandono de trabajo art. 244 LCT, entonces sí está complicado. Mi recomendación es que se presente a trabajar y que pueda dejar constancia de ello (marcar tarjeta, testigos, etc). Recuerde además, que debe impugnar la sanción impuesta dentro del plazo de 30 días de notificado. Si aún no lo hizo, yo le paso el texto que debería mandar.
Atte:
 #806264  por Lorenzito
 
lo he pensado detenidamente, y con todo lo que tiene el en mi contra me he acobardado, y decidi no entrar en el juicio, y solo renunciar, y despues intimar por el art 80 que hablaba de presentar el certificado de trabajo y todo lo retenido.
Pero estuve pensado, no seria mejor antes de renunciar, rechazar la suspension por el intento de agresion, por que tengo miedo que una vez yo lo intime a presentarme los certificados de trabajo, el me haga la denuncia penal por el intento de agresion.
usted que me recomienda?
 #806540  por GU
 
Lorenzito... vaya urgente con un abogado. Hable con el en una entrevista, de frente a frente, y en base a un buen intercambio de informacion va a poder tomar una mejor decision. Insisto, hable con un abogado en vivo y en directo, recien ahi va a poder saber realmente que es lo que le conviene hacer.

Salutes!
 #806714  por adessoma
 
Lorenzito: En varias oportunidades le han respondido a sus consultas. Incluso en privado le informe todo lo que me preguntó. Si a pesar de ello Ud. quiere renunciar con las consecuencias que ello implica, creo que ni ninguno de los colegas ni yo tenemos nada más que agregar.
Que tenga mucha suerte.
Atte: