Hola chicos:
Pregunto : los gastos medicos, intervenciones, estudios que un empleado pague de su bolsilloantes de hacer la denuncia del accidente al empleador no podran ser reclamados a este ultimo? Leo el art 31 de LRT y me parece asi... ni bien puedan contestarme les agradezco!!
Segunda pregunta:
si el empleado tiene el accidnete y por ese motivo no va a trabajar, el médico le da licencia, y no denuncia dicho accidente.. ante la intimación del empleador a que retome tareas tendra algun inconveniente con recienen es oportunidad notificar al empleador que dejo de ir por el accidente y que tiene tantos dias de licencia?}}
Pregunto : los gastos medicos, intervenciones, estudios que un empleado pague de su bolsilloantes de hacer la denuncia del accidente al empleador no podran ser reclamados a este ultimo? Leo el art 31 de LRT y me parece asi... ni bien puedan contestarme les agradezco!!
Segunda pregunta:
si el empleado tiene el accidnete y por ese motivo no va a trabajar, el médico le da licencia, y no denuncia dicho accidente.. ante la intimación del empleador a que retome tareas tendra algun inconveniente con recienen es oportunidad notificar al empleador que dejo de ir por el accidente y que tiene tantos dias de licencia?}}
