Hola a todos! consulta sobre servicio doméstico que no hago:
una empleada a la que se le aplica el régimen de servicio doméstico y trabaja hace poco más de un año cuidando chicos en una casa (debidamente registrada) se tomó las vacaciones y no volvió, incluso mando un sms que se toma una semana más. Ya pasaron los 10 días hábiles que le corresponden, las vacaciones fueron dadas en forma verbal. Qué conviene?
1) CD intimando a retomar tareas (sin mencionar las vacaciones) bajo apercib abandono de trabajo y luego despedirla, sin mencionar la LCT, entiendo puede procederse así no?
2) Preavisar y despedir directamente.
Perdón lo básico de mis preguntas pero como no se le aplica la LCT dudo sobre cuál es la mejor forma de proceder.
Slds, y gracias a quien pueda ayudarme.
una empleada a la que se le aplica el régimen de servicio doméstico y trabaja hace poco más de un año cuidando chicos en una casa (debidamente registrada) se tomó las vacaciones y no volvió, incluso mando un sms que se toma una semana más. Ya pasaron los 10 días hábiles que le corresponden, las vacaciones fueron dadas en forma verbal. Qué conviene?
1) CD intimando a retomar tareas (sin mencionar las vacaciones) bajo apercib abandono de trabajo y luego despedirla, sin mencionar la LCT, entiendo puede procederse así no?
2) Preavisar y despedir directamente.
Perdón lo básico de mis preguntas pero como no se le aplica la LCT dudo sobre cuál es la mejor forma de proceder.
Slds, y gracias a quien pueda ayudarme.
