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  • Le bajaron el sueldo básico. Se puede?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #670228  por feli07
 
Ya hice esta pregunta antes pero como no tuve respuesta, voy a tratar de reformularla a ver si tengo suerte:

Un empleado está fuera de convenio (empleados de comercio) y le pagan $ 3000 de sueldo básico sin ningún adicional. Luego lo ponen dentro de convenio, le pagan $ 1500 de sueldo básico más todos los adicionales de convenio y los aumentos no remunerativos, de manera tal que sigue cobrando $ 3000. La tarea desarrollada siempre fue la misma.

No tendría que habersele calculado todos los adicionales de convenio y los aumentos no remunerativos sobre el sueldo básico que tenía cuando estaba fuera de convenio ($3000) en vez de calcularlo sobre $ 1500 ? No habría aquí diferencia de salarios para reclamar por este hecho?

Espero que se entienda la pregunta, estuve estudiando el tema y no encuentro respuesta. Para mí se le estaría bajando el sueldo implícitamente, pero me gustaría tener otra opinión.
Muchas Gracias!
 #670314  por erl6177
 
Me ha tocado analizar algunas situaciones parecidas, y en mi caso me remito a los principios generales en cuanto a si en definitiva el cambio le provoca o no un perjuicio al trabajador. Habría que ver los rubros, habitualidad etc, en el caso en particular.
Pero te reitero en este tipo de situaciones siempre me remito a si en definitiva el trabajador está o no perjudicado en cuanto a las modificaciones. No obstante lo dejo abierto a la opinión de mis colegas. Saludos
 #670344  por carastec
 
Es opinable....

En mi perspectiva:
Si antes era extraconvencional (ya sea esto correcto o no, era como eligió liquidarle la empresa), cobraba $3.000,00 DE REMUNERACIÓN.-

Al incluirlo en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), se incorporan al contrato individual del trabajador, las mejoras que establezca dicho CCT, es decir los adicionales (antiguedad, manejo de caja, etc. etc.), y los montos no remunerativos pactados, por lo que entiendo DEBERÍAN SUMARSE A LOS $3000.

Aún de no compartise mi tesitura, NO CABEN DUDAS QUE LO QUE LA EMPRESA HIZO ES INCORRECTO (en función de los hechos que vos relataste).
¿Porqué?
Porqué que para"mantener" a los $3.000 de bolsillo puso un monto X de básico, más los adicionales (remunerativos) del CCT (léase antiguedad, manejo de caja, etc.); más los montos NO REMUNERATIVOS;
Así, no caben dudas que al conformar los "nuevos" $3.000 con los montos NO-REMUNERATIVOS, por lógica pura LE BAJÓ LA REMUNERACIÓN (o si se prefiere, los montos "remunerativos".)
Y eso ESTÁ PROHIBIDO.

De última, si bien no es numéricamente tan importante el reclamo como en la opción de mi opinión, como posición de mínima por lo menos también amerita el reclamo.
 #670345  por carastec
 
No sé si se entendió lo anterior (las vacas me oxidaron bastante, jaja).

En mi opinión, los $3000 deben considerarse como "básico", y agregarle todas las mejoras convencionales.

Pero de última, lo que no pueden caber dudas, es que no pueden subsumir en los "nuevos" $3.000 a los montos no-remuneratorios, porque ello implica que le BAJARON los montos remuneratorios.

Ahora sí, creo que quedó menos atravesada la idea, jaja.
 #670373  por feli07
 
Gracias colegas por responder!
Es verdad que económicamente no lo perjudica la situación, puesto que siempre cobra lo mismo en mano, pero entiendo, como Carastec, que no le pueden bajar los rubros remuneratorios para acomodar el sueldo al convenio. Tengo mis dudas acerca del tema, pero bueno, creo que voy a ir para adelante con el asunto ya que como fue despedido tengo que iniciar reclamo igual y cuánto más abultado mejor :wink:
Después les cuento como me fue. Gracias! :D
 #670374  por feli07
 
Carastec: me olvidaba! Yo reclamo diferencias salariales calculando todos los rubros y adicionales del convenio sobre $3000. Lo que no hice fue tomarlo para la mejor remuneración porque entiendo que, salvo el presentismo, el resto de las sumas no remunerativas de empleados de comercio no se incluyen para el cálculo. Estoy errada?
 #670379  por carastec
 
Como principio general, para la base de cálculo deben tomarse los conceptos REMUNERATIVOS.

Peeeeeero, en reclamos del CCT 130/75 (y varios otros también), se presenta el tema de los famosos "acta-acuerdo" con montos no remunerativos. Estos hay que reclamarlos igual integrando la base de cálculo.

La cosa es así.
Los adicionales no-remunerativos NO SE TOMAN.

Pero los montos que son aumentos de sueldo, a los que las partes del convenio les asignan carácter de NO-Remunerativo, SI DEBEN TOMARSE.
Ello, porque más allá de lo que digan las partes (cámara empresaria y sindicato), NO RESULTA MATERIA DE DISPONIBILIDAD COLECTIVA determinar si un aumento tendrá carácter de remunerativo o no.
(la ley de convenios colectivos dice qué pueden hacer las partes -es taxativo-)

¿Y porqué lo hacen?
Lo hacen igual (a sabiendas que es incorrecto),porque pocos lo reclaman, y porque es una manera de aumentar el salario "de bolsillo", con menores consecuencias monetarias para la empresa.

Entonces, los conceptos "Acta acuerdo" tomalos igual para la base de cálculo, y cuando hagas la demanda, poné suscintamente que se toma ello como integrante de la base de cálculo, por resultar remunerativo, más allá de lo ilegalmente dicho por las partes convencionales, por no resultar materia de disponibilidad colectiva.

Suerte.
 #670694  por feli07
 
Gracias Carastec por lo detallado de tu respuesta!
No distingo bien en Empleados de Comercio cuales serían los adicionales que se incluyen para el cálculo y cuáles no.
Por ej. en el recibo surge: Asig Acuerdo abril 2008 art. 1a y 1b; Asig Acuerdo abril 2009 art. 4; Asig acuerdo enero 2010 art. 2, Acuerdo 06/2010 Remunerativo y Adicional No Remunerativo Ac 06/2010. Que se tomaría para la mejor remuneración? Yo solo tomé el Remunerativo 06/2010, nada más.
Me está volviendo loca este recibo de sueldo jajajajja!!!!
 #799463  por SEKHMET
 
Buenas tardes, tengo la siguiente pregunta. Estoy trabajando en sistemas, como operador, como fuera de convenio 48hs; en una empresa Retail. En el recibo aparece en la parte superior 4100 (dice al lado sueldo) que entiendo yo que deberia ser el basico (Eso vengo cobrando usualmente). Ahora me vengo a enterar que nos pasan al gremio comercio y estaria dentro del Convenio 48hs; me dicen que ahora mi basico es de 3100 y es lo que voy cobrar ahora el 1 de febrero. Eso se puede hacer??????. Es legal eso?
La otra que tengo 13 años en la empresa y que al pasarme al gremio comercio me cuentan desde 0; pero en el recibo me va a figurar que me respetan los 13 años. Eso es posible?
La empresa puede ponerme en lo que quiera; ya que me entero que me pasaron sin consentir mi afirmacion.?
Desde ya muchas gracias, y espero una pronta respuesta.

Saludos y Feliz año, a todos, :P
 #799469  por SEKHMET
 
SEKHMET escribió:Buenas tardes, tengo la siguiente pregunta. Estoy trabajando en sistemas, como operador, como fuera de convenio 48hs; en una empresa Retail. En el recibo aparece en la parte superior 4100 (dice al lado sueldo) que entiendo yo que deberia ser el basico (Eso vengo cobrando usualmente). Ahora me vengo a enterar que nos pasan al gremio comercio ( COMO ADMINISTRATIVO D no se por que ?)y estaria dentro del Convenio 48hs; me dicen que ahora mi basico es de 3100 y es lo que voy cobrar ahora el 1 de febrero. Eso se puede hacer??????. Es legal eso?
La otra que tengo 13 años en la empresa y que al pasarme al gremio comercio me cuentan desde 0; pero en el recibo me va a figurar que me respetan los 13 años. Eso es posible?
La empresa puede ponerme en lo que quiera; ya que me entero que me pasaron sin consentir mi afirmacion.?
Desde ya muchas gracias, y espero una pronta respuesta.

Saludos y Feliz año, a todos, :P