Hola los consulto porque tengo presentada la demanda, aun no se notifico y quiero demandar al socio gerente conforme lo establecido por el art. 54 LSC hay fraude laboral, pero lo traigo como codemandado (descorrimiento del velo societario) POR OTRO LADO: me conviene pedir en la IGJ el contrato social o como se pide? gracias por su ayuda-
El art. 54 de la ley 19.550, en el último párrafo agregado por la ley 22.903, dispone "La actuación de la sociedad que encubra la consecución de fines extrasocietarios, constituye un mero recurso para violar la ley, el orden público o la buena fe o para frustrar derechos de terceros, se imputará directamente a los socios o a los controlantes que la hicieron posible, quienes responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios causados".
cito el fallo Duquelsy, Silvia c. Fuar S. A. y otro.
El art. 54 de la ley 19.550, en el último párrafo agregado por la ley 22.903, dispone "La actuación de la sociedad que encubra la consecución de fines extrasocietarios, constituye un mero recurso para violar la ley, el orden público o la buena fe o para frustrar derechos de terceros, se imputará directamente a los socios o a los controlantes que la hicieron posible, quienes responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios causados".
cito el fallo Duquelsy, Silvia c. Fuar S. A. y otro.
