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  • DEMANDAR AL SOCIO GERENTE

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #789475  por cresta
 
Hola los consulto porque tengo presentada la demanda, aun no se notifico y quiero demandar al socio gerente conforme lo establecido por el art. 54 LSC hay fraude laboral, pero lo traigo como codemandado (descorrimiento del velo societario) POR OTRO LADO: me conviene pedir en la IGJ el contrato social o como se pide? gracias por su ayuda-

El art. 54 de la ley 19.550, en el último párrafo agregado por la ley 22.903, dispone "La actuación de la sociedad que encubra la consecución de fines extrasocietarios, constituye un mero recurso para violar la ley, el orden público o la buena fe o para frustrar derechos de terceros, se imputará directamente a los socios o a los controlantes que la hicieron posible, quienes responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios causados".

cito el fallo Duquelsy, Silvia c. Fuar S. A. y otro.
 #789506  por gl2011
 
Si estas hablando de trabajo en negro, en ppio sí podrías. Actualmente varias salas son pro extensivas por lo que estamos viendo varios fallos que así lo indican. Ahora bien, debes notificarlo a un domicilio real o que haya constituido en el estatuto suponte..si lo tenes hacelo previa denuncia. Te cuento experiencia personal, me volvieron las cédulas devueltas y pedí se libre oficio a la IGJ para que acompañe los registros y así poder obtener el domicilio del co demandado, en un juzgado no tuve historia, en otro no me dejaron porque estiman que es carga de la parte. Obvio impetre revocatoria..te cuento que ahora lo tengo en Cámara..jaja!. Así que si lo haces, lo que es totalmente viable.. después dependerá de tu argumento, fijate ésto del domicilio.. Suerte
 #789683  por cresta
 
Muhas gracias por tu respuesta. Sabes si prospera cuando esta parcialmente registrado?