Buenas, a una promotora (no eventual, cumple 8 horas diarias y le pagan según CCT de comercio), ¿en qué categoría la pondrían? Vendedor?. Es una promotora tradicional, poca ropa y ajustada, tacos, sonrisa y folletos en mano, pero no vende, solo hace la publicidad entregando un panfleto de la compañía en distintas zonas de la ciudad de Córdoba y en Carlos Paz. Con esto me refiero a que no está parada en sede de la empresa, por lo que también me complicó en la intimación por la 24013 la parte de "prestando servicios en...". Desde ya gracias gente!
"Cuando la Patria está en peligro todo es lícito menos dejarla perecer." Gral. San Martín


