Perdon colegas, hace tiempo doy vueltas con lo mismo.
Tengo un cliente que tiene una incap. total provisoria de 74% esta cobrando la renta, quiero inciar demanda por inconst, de la misma art 215. y solicitar el pago unico.
Mi duda es, en esta etapa en que se encuentra puedo hacerlo igual?
Fundamento en el caso Milone, aunque el era en etapa definitiva?
El calculo es mediante formula Mendez?
Ya consulte le tema pero no me queda claro
Gracias
Tengo un cliente que tiene una incap. total provisoria de 74% esta cobrando la renta, quiero inciar demanda por inconst, de la misma art 215. y solicitar el pago unico.
Mi duda es, en esta etapa en que se encuentra puedo hacerlo igual?
Fundamento en el caso Milone, aunque el era en etapa definitiva?
El calculo es mediante formula Mendez?
Ya consulte le tema pero no me queda claro
Gracias
