Buen día a todos . Se trata de la notificación de la intimación a pagar, en un proceso de ejecución de un acuerdo del SECLO. En el proceidmiento laboral de Capital las cédulas las confecciona siempre el Juzgado ? Y en ese caso, si la generación de la cédula NO es inmediata a la resolución que se debe notificar, en necesario " recordarle " al Juzgado ? Cualquier otro aporte sobre el tema será bienvenido. Muchas gracias.
