Soy perito contador . Hice una pericia laboral en el juzgado federal y el juez despues de casi 10 años me solicita que ajuste lo resuelto. Entiendo que se refiere al monto de la sentencia más los honorarios regulados a las partes y al perito. La instrucción que me imparte dice "con arreglo a la Ley 25344". Era un agente de la AFIP, se dio por despedido el 01/11/1993 - La sentencia se dictó el 27/03/2002 y desde esa fecha debo actualizar los valores teniendo en cuenta la Ley 25344. Desde la fecha de sentencia y hasta octubre 2011 , hubo apelaciones y otros que no hacen a la esencia de la causa. La pregunta es ¿Cómo hago, con que índice, hay que detraer algo?. Necesito respuesta urgente. Gracias.
lauperey escribió:Era un agente de la AFIP, se dio por despedido el 01/11/1993 - La sentencia se dictó el 27/03/2002 y desde esa fecha debo actualizar los valores teniendo en cuenta la Ley 25344. Desde la fecha de sentencia y hasta octubre 2011 , hubo apelaciones y otros que no hacen a la esencia de la causa. La pregunta es ¿Cómo hago, con que índice, hay que detraer algo?.Desde la fecha del despido (1/11/1993) hasta la fecha de corte (31/12/2001) según ley 25725, tendrías que aplicar el interés que establece la sentencia. A partir de allí tendrías que aplicar el nterés equivalente, a la tasa promedio de la caja de ahorro común que publique el Banco Central de la República Argentina, capitalizable mensualmente.
Saludos
