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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #504527  por DAL
 
Claro que sí DraSolcito!!!
Es que el encuadre convencional de un trabajador no es un tema sencillo!!!
Amerita una excursión de campo, tal como la propuesta. :lol:

Lo que apunta DraSolcito es tambien lo que yo apuntaba en el primer post, no encuadrarlo como striper (desnudista) sino como bailarina, porque me parece que el objeto del contrato, pagar para que se desnude, puede ser considerado inmoral y sin efecto juridico, pero no así para que baile, aunque le entre el calor y se saque la ropa en el cumplimiento de su labor. Ahhhhh una duda: tenes pensado reclamar el item PROVISIÓN DE ROPA DE TRABAJO???? jejeje.
 #504753  por klaudia7
 
JUUUUUUUUUAAAAAAAZZZZZZZZ, lo que falta, que hagamos estudio in situ sobre el trabajo de stripper, ahora me pregunto como decimos en nuestras casas: "Viejo/a me voy al Golden/Nightclub a ver donde encuadro a esta trabajadora?"
Le dejo una página: http://www.actores.org.ar/
 #505277  por ferrito
 
He conseguido ambos CCT, el 50/75UNION ARGENTINA ARTISTAS DE VARIEDADES c/ASOCIACION PROMOTORES TEATRALES el art.6 dice que rige para las salas teatrales, café-concert, music-hall y/o locales de cualquier tipo o denominación, ya sean cerrados o al aire libre en los cuales se desarrollen en forma permanente o transitoria espectacuños con artistas de variedades y en su art. 4 figuran que son artistas de variedades, entre otros especialidades inherentes al canto y la danza, vedettes, desnudos, strip-tease, entre otros. En cambio el de 340/75 UNION ARG.DE ARTISTAS DE VARIEDADES c/ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE ESTABLECIMIENTOS DE ESPECTACULOS Y DIVERSIONES PUBLICAS Y OTRAS en su art. 1 como partes signatarias aparecen, entre otors la Cámara de empresarios de Locales de Expansión Nocturna y comprende entre otors bailarines/as en especialidades inherentes a la danza incluyendo bailarinas de sala con o sin alternación con el público, "travestis" (en el CCT figura así con los asteriscos) que cumplan funciones en Cabarets, Boites, Casas de bailes (entre otras )
Así que pienso que iría dentro del segundo convenio como bailarina de sala sin alternación con el público, y en sí el lugar es un cabaret, pero el problema surge con el art. 32 b) del convenio que dice que la contratación de la bailarina de sala comienza y finaliza con c/u de las presentaciones diarias, al fin de las cuales las partes quedan desvinculadas y sin obligación mutua, ¿pero en este caso, por la reiteraciónb durante 5 años de las actuaciones en lugar, se entiende que finaliza con cada presentación o la reiteración del acto hace que el contrato se prolongue en el tiempo?
Gracias de antemano si me pueden aclarar las dudas.
 #505332  por sergiosky
 
estem... quiero aportar mis conocimientos en temas juridicos: y como le pensas cobrar los honorarios, ¿en dinero o con shows privados?
 #505556  por DraSolcito
 
Ferrito, si bien estoy de acuerdo con vos en el punto que el segundo convenio que mencionás sería aplicable por la actividad de la empresa y la representación, me parece que habría que ver el convenio entero para ver como sortear esa claúsula que mencionás (el art. 32 b). Tenés un link donde lo podamos ver? Quizás podrías ir por el principio de irrenunciabilidad, ya que un convenio no puede establecer condiciones inferiores a las que establece la ley. Se va a complicar poe ese lado...

La otra opción es encuadrarlo en el otro convenio, así podés reclamar la indemnización por antigüedad... Y ahí te la jugás a que nadie haga mención a este otro convenio... Una lotería.
 #505609  por ferrito
 
Trataré de escanear ambos convenios y ponerlos aquí (si es que se puede, igualmente no sé por que tipo de servidor ponerlo), ya que ambos los conseguí en el Ministerio de Trabajo en papel
 #506490  por DAL
 
Dale, quiero ver las comillitas de los travestis, pobres, bien lo podrían haber encuadrado como bailarin/a, que es correcto al mismo tiempo la misma persona. 8)
 #776008  por Mirnav
 
Son correctos ambos convenios y es donde correspode esa actividad artistica ,Variedades estuvo en quiebra 20 años ahora comenzo a funcionar y esta en la calle Carlos Pellegrini 385 (y corrientes)2º piso B -Capital Federal ,su telefono es 01153554474.Mirna Valido Socia de Union Argentina de Artistas de Variedades de Rosario.
 #776233  por flux
 
Porque a mi solo me llegan laborales de tipos que trabajan en curtiembres o metalurgicas?

Ponele en el pacto de cuota litis que tiene que hacerte algun baile como pago :lol: