Buen día a todos. Los molesto porque recibí un caso en que el trabajador, mi cliente, oportunamente envió TLC intimado se aclare situación laboral, realicen aportes, etc, etc, y constituyó domicilio en el estudio del colega que le llevaba el tema. El empleador, según dice, respondió con igual instrumento pero al domicilio que mi cliente había constituido en la TLC y no al real. Tiene valor tal contestación? En teoría debería haber contestado al domicilio real.
Gracias por la orientación que me puedan dar.
Gracias por la orientación que me puedan dar.
