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  • PRESCRIPCION RECLAMO ACCIDENTE LABORAL?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #769216  por sirbravo
 
Estimados:
Un cliente llega a mi con el siguiente problema:
El es un enefermero de un hospital municipal que en el año 2008 mientras atendia a un paciente, es brutalmente golpeado por este. Ciertamente recibe graves lesiones que generaron una incapacidad sobre mi cliente.
El tiempo pasa sin que se efectuen reclamos y hace unos dias la municipalidad lo deje cesante por que se excedio el plazo de licencia medica.
La pregunta es la siguiente:
Respecto del reclamo por el accidente laboral:
1) Ya esta prescripta la via civil a fin de buscar la reparacion por esta via?
2) Ya esta prescripta la via de la LRT? Opera la prescripcion contra la ART a los dos años del accidente o de concluida la relacion laboral?

Que me aconsejan?
Creo que en el peor de los casos me encuentro frente a un reclamo sobre la base de la LRT contra la ART.... pero bueno me gustaria que me ayuden y brinden consejos.
Gracias!
 #769510  por "doctoraZA"
 
si se excedio el plazo entiendo que el empleador considero enfermedad /accidente inculpable.( o lo que es peor que no hay relacion de dependencia sino locacion de servicios etc muy comun en tema municipios estan vinculados por medio de contrato0s, de ser asi deberias primero probar el fraude)- rechazaste e intimastes por tratarse de un accidente de trabajo?? recibio las prestaciones medicas de la ART? si lo hicistes... como se aplica la norma mas favorable al trabajador podrias tomar el computo de la prescripcion desde que se extinguio la relacion para el reclamo contra la ART que nada te impide ir via daños y perjuicios contra el empleador.- saludos.-