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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #766597  por pable
 
Buenos días, tengo una consulta: una modista, tiene un comercio donde vende sus diseños, tiene trabajando con ella una empleada durante 20 años, solo hace 3 que la tiene registrada. Por un problema de salud, en breve debe cerrar su negocio, y no sabe si lo volvera a abrir. A la empleada le ofrecerá $35.000 como indemnizacion, mi consulta es: si la empleada envia telegrama de renuncia, se le extendera liquidacion final con el recibo de los años registrados, o sea que no quedará registro de todo el dinero entregado y aceptado. A pesar de haber renunciado, puede intimar por los 17 años anteriores que estuvo en negro? o al renunciar, ya no puede reclamar por lo anterior??
O es mas conveniente que no renuncie y se haga un acuerdo espontaneo en el ministerio de trabajo por todo? (aclaro que es provincia, ya que no hay domicilio en capital)
O que renuncie y ademas se haga el acuerdo??
Que harian ustedes en un caso asi para dejar tranquilo a su cliente? Muchas gracias
 #766610  por DotorJuan
 
Si se ponen de acuerdo y no hay ningun tipo de inconveniente (ni en el monto ni la forma despido/renuncia), lo llevas a hacer un espontaneo denunciando que el contrato se firmo en capital.
Hay mucho para perder/ganar ahi.
 #766893  por pable
 
DotorJuan escribió:Si se ponen de acuerdo y no hay ningun tipo de inconveniente (ni en el monto ni la forma despido/renuncia), lo llevas a hacer un espontaneo denunciando que el contrato se firmo en capital.
Hay mucho para perder/ganar ahi.
Gracias por responder. Te pregunto nuevamente, vos pensás que si el trabajador envia el telegrama de renuncia no alcanza?