Buenos días, tengo una consulta: una modista, tiene un comercio donde vende sus diseños, tiene trabajando con ella una empleada durante 20 años, solo hace 3 que la tiene registrada. Por un problema de salud, en breve debe cerrar su negocio, y no sabe si lo volvera a abrir. A la empleada le ofrecerá $35.000 como indemnizacion, mi consulta es: si la empleada envia telegrama de renuncia, se le extendera liquidacion final con el recibo de los años registrados, o sea que no quedará registro de todo el dinero entregado y aceptado. A pesar de haber renunciado, puede intimar por los 17 años anteriores que estuvo en negro? o al renunciar, ya no puede reclamar por lo anterior??
O es mas conveniente que no renuncie y se haga un acuerdo espontaneo en el ministerio de trabajo por todo? (aclaro que es provincia, ya que no hay domicilio en capital)
O que renuncie y ademas se haga el acuerdo??
Que harian ustedes en un caso asi para dejar tranquilo a su cliente? Muchas gracias
O es mas conveniente que no renuncie y se haga un acuerdo espontaneo en el ministerio de trabajo por todo? (aclaro que es provincia, ya que no hay domicilio en capital)
O que renuncie y ademas se haga el acuerdo??
Que harian ustedes en un caso asi para dejar tranquilo a su cliente? Muchas gracias
