Pregunta envié el primer telegrama laboral por un trabajador totalmente en negro. No contestaron nada. Ahora voy a mandar el segundo quiero ver si está bien...espero me puedan ayudar. gracias.
El silencio asumido por Uds., arroja por ciertas y consentidas las intimaciones cursada con fecha (xxxx), considerando su silencio como negativa a registrar la relación laboral que nos une (art. 57 LCT) resultando la situación inaceptable en los términos y plazos de ley siendo que la misma configura una injuria grave que torna imposible la prosecución del contrato, considerándome gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa en los términos del art. 245 de la LCT. Disuelto el contrato solicito se proceda en el perentorio plazo de 48 hs. a liquidar y dar adecuada enmienda ante los organismos impositivos y previsionales correspondientes de mi real categoría laboral: xxxx. Salario mensual: $ xxxx. Fecha real de Ingreso: xxxx. Bajo apercibimiento del art 132 bis LCT. Intimando por este medio se abonen las totalidad de las diferencias salariales existentes desde el comienzo de la relación laboral, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los arts. 8, 9, 10, 11, 15 cc. y ss. Ley 24.013. Asimismo intimo se abone el monto indemnizable de conformidad al Art. 245 de la LCT, Pre-aviso, SAC sobre preaviso, Integrativo mes de despido, SAC, vacaciones proporcionales, SAC sobre vacaciones, SAC primer y segundo semestre año xxx, SAC primer y segundo semestre año xxx, vacaciones año xxx, vacaciones año xxx, horas extras y salarios adeudados mayo, junio, julio y agosto xxx, asignaciones familiares desde el comienzo de la relación laboral, feriados laborados. Mismo plazo intímole entregue certificados de servicios y remuneraciones (Art. 80 LCT) conforme a la real percepción salarial bajo apercibimiento de lo normado en el art. 2 de la ley 25.323 y art. 45 de la ley 25.345. Queda Uds., debidamente notificado.
Está bien??? en el 1º intime a que en 48 hs. aclare situación laboral. Debo esperar 30 días o si ya no contestan se entiende que no lo van a registrar??
Mi cliente es un remisero que etá totalmente en negro.
Gracias!!
El silencio asumido por Uds., arroja por ciertas y consentidas las intimaciones cursada con fecha (xxxx), considerando su silencio como negativa a registrar la relación laboral que nos une (art. 57 LCT) resultando la situación inaceptable en los términos y plazos de ley siendo que la misma configura una injuria grave que torna imposible la prosecución del contrato, considerándome gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa en los términos del art. 245 de la LCT. Disuelto el contrato solicito se proceda en el perentorio plazo de 48 hs. a liquidar y dar adecuada enmienda ante los organismos impositivos y previsionales correspondientes de mi real categoría laboral: xxxx. Salario mensual: $ xxxx. Fecha real de Ingreso: xxxx. Bajo apercibimiento del art 132 bis LCT. Intimando por este medio se abonen las totalidad de las diferencias salariales existentes desde el comienzo de la relación laboral, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los arts. 8, 9, 10, 11, 15 cc. y ss. Ley 24.013. Asimismo intimo se abone el monto indemnizable de conformidad al Art. 245 de la LCT, Pre-aviso, SAC sobre preaviso, Integrativo mes de despido, SAC, vacaciones proporcionales, SAC sobre vacaciones, SAC primer y segundo semestre año xxx, SAC primer y segundo semestre año xxx, vacaciones año xxx, vacaciones año xxx, horas extras y salarios adeudados mayo, junio, julio y agosto xxx, asignaciones familiares desde el comienzo de la relación laboral, feriados laborados. Mismo plazo intímole entregue certificados de servicios y remuneraciones (Art. 80 LCT) conforme a la real percepción salarial bajo apercibimiento de lo normado en el art. 2 de la ley 25.323 y art. 45 de la ley 25.345. Queda Uds., debidamente notificado.
Está bien??? en el 1º intime a que en 48 hs. aclare situación laboral. Debo esperar 30 días o si ya no contestan se entiende que no lo van a registrar??
Mi cliente es un remisero que etá totalmente en negro.
Gracias!!
