Hola a todos. Hasta ahora, en mi corta experiencia en la profesión, sólo tuve acuerdos conciliatorios en el SECLO, en los que, como Uds. ya sabrán, una vez cerrados se sometían a la homologación del MTSS. Nunca participé de un Acuerdo espontáneo, por eso pregunto : El Acta de Ratificación de tal acuerdo, es previo o posterior a la homologación ? O es el equivalente a ella ? ( ya que sé que interviene un funcionario del MTSS ) . Lo que me puedan aportar sobre el tema será bienvenido. Muchas gracias.
