Hola foro, realmente me olvide, los oficios a afip ministerio de trabajo, etc ordenados en tribunal de la matanza, para ser diligenciados en el mismo departamento judicial, cuya confeccion y diligenciamiento son a cargo de la parte, debo llevarlos a sellar al tribunal antes de diligenciarlos, realmente, me entro la duda..
el auto dice:
San Justo, abril de 2011... Proveyendo a las pruebas ofrecidas: … Ofíciese como se pide por la parte demandada a fs.xx a la Municipalidad de xxxxx, Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, Ministerio de Trabajo Delegación La Matanza, AFIP a los fines solicitados, en los términos del art. 398 del CPCC.” “… Las Cédulas y oficio correspondiente a la prueba ofrecida deberán ser diligenciados y devueltos por las partes antes de la vista de la causa, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 41 de la Ley 11.653.- ….” firmado xxxxxx Juez.-
desde ya gracias y saludos
Adriana.
el auto dice:
San Justo, abril de 2011... Proveyendo a las pruebas ofrecidas: … Ofíciese como se pide por la parte demandada a fs.xx a la Municipalidad de xxxxx, Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, Ministerio de Trabajo Delegación La Matanza, AFIP a los fines solicitados, en los términos del art. 398 del CPCC.” “… Las Cédulas y oficio correspondiente a la prueba ofrecida deberán ser diligenciados y devueltos por las partes antes de la vista de la causa, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 41 de la Ley 11.653.- ….” firmado xxxxxx Juez.-
desde ya gracias y saludos
Adriana.
