Buenas noches. Les comento que es mi primer causa. Se trata de un accidente in itinere y me surge la siguiente duda: ¿es posible pedir la reparación integral, cuestionando la constitucionalidad de la LRT? Interpreto que es distinto al accidente propiamente dicho pues acá si concurre el deber de seguridad de la empresa y la ART. En cambio en el accidente in itinere entiendo que la responsabilidad no abarca los infortunios que el trabajador sufra. La verdad que esto me tiene preocupado.
Por otro lado, en los casos que se inicia la reparación integral ¿es competente la justicia civil o la laboral? En cualquier caso, ¿es necesaria la mediación previa?
Muchas gracias por las respuestas y disculpen pero tengo temor de perjudicar al trabajador.
Atte.
Dr. T
Por otro lado, en los casos que se inicia la reparación integral ¿es competente la justicia civil o la laboral? En cualquier caso, ¿es necesaria la mediación previa?
Muchas gracias por las respuestas y disculpen pero tengo temor de perjudicar al trabajador.
Atte.
Dr. T
