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  • Responsabilidad solidaria.- sociedad nueva y sociedad vieja

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #745766  por lorena2315
 
Hola como estan? Despiden a mi cliente por 247, envio telegrama rechazando causal y con los rubros adeudados (entre otras cosas registrada media jornada, parte en negro). Notifique a sociedad y socios gerentes de SRL. La sociedad es relativamente nueva y les firmo a los empleados un compromiso asumiendo la antigüedad, pensaba, la sociedad anterior sigue existiendo, deberia intimarla támbién y a sus socios gerentes? No pude investigar demasiado pero doy por hecho que existe y no tiene nada a su nombre dado que cambiaron la razón social por la cantidad de juicios que tenian que opinan? saludos y gracias
 #745772  por eltam88
 
Analizalo desde la óptica de la transferencia de establecimiento. Si las obligaciones nacierion con anterioridad a la transferencia tendría solidaridad, si éstas son posteriores, es decir atribuibles al nuevo adquirente no habría solidaridad.
Leete el fallo Biglieri, puede aclararte el tema.
 #747265  por lorena2315
 
Gracias Eltalm, el contrato de trabajo comenzó con la anterior sociedad, el despido con la nueva. La nueva sociedad cuando hicieron el cambio le hizo firmar al empleado y también la firmo el socio gerente donde reconocia la antigüedad el cargo el convenio colectivo. El tema es que la despidieron y estaba registrada solo por media jornada laboral, obviamente se mandaron los telegramas respectivos a la nueva sociedad pero estoy en duda con la que la contrato, al haber parte en negro desde el principio de la relación. saludos y gracias
 #747458  por eltam88
 
Intimá a la nueva, enviale a la vieja por su responsabilidad solidaria basada en transf. de establecimiento(¿esta última un lapso la tuvo en negro no?)