Queridos Foristas,
a mi cliente, obrero de una pyme, le quieren adelantar forzosamente las vacaciones y sacarlo el lunes próximo!
Yo le explique que a partir de octubre y hasta abril del año siguiente es por ley el periodo vacacional, pero ellos le dijeron que como "hay poco trabajo", se lo van a adelantar y que es legal hacerlo siempre que hayan transcurridos 3/4 partes del año. Esto es correcto???. Pueden anticiparles tanto las vacaciones y sin notificación de 45 días de anticipación???
Mi cliente tiene antigüedad de tres años en el trabajo.
Pido una ayudita porque soy nueva en el tema. Mi idea es impugnar la medida mediante TCL. Me parece tan injusto. Yo hago laboral parte patronal y obrera, pero en mi corta carrera nunca vi algo tan injusto.
Desde ya muchas gracias.
Les dejo un gran saludo.
Luxiana.
a mi cliente, obrero de una pyme, le quieren adelantar forzosamente las vacaciones y sacarlo el lunes próximo!
Yo le explique que a partir de octubre y hasta abril del año siguiente es por ley el periodo vacacional, pero ellos le dijeron que como "hay poco trabajo", se lo van a adelantar y que es legal hacerlo siempre que hayan transcurridos 3/4 partes del año. Esto es correcto???. Pueden anticiparles tanto las vacaciones y sin notificación de 45 días de anticipación???
Mi cliente tiene antigüedad de tres años en el trabajo.
Pido una ayudita porque soy nueva en el tema. Mi idea es impugnar la medida mediante TCL. Me parece tan injusto. Yo hago laboral parte patronal y obrera, pero en mi corta carrera nunca vi algo tan injusto.
Desde ya muchas gracias.
Les dejo un gran saludo.
Luxiana.
