Buenas estimados futuros colegas. Tengo una duda que no me puedo sacar y no recuerdo de lo que estudié en la materia de Derecho Laboral. Si uno trabaja para un empleador (privado), renuncia y al tiempo vuelve a realizar actividades para el mismo, ¿la antigüedad laboral se acumula?. En caso de ser así, ¿saben exactamente en que cuerpo legal está determinada dicha situación?.
Yo tengo un vago recuerdo de que era así la cosa, pero no puedo confirmarlo y en la LCT no se menciona nada del tema.
Desde ya millones de gracias de antemano por la ayuda que puedan darme.
Saludos!
Mauricio
Yo tengo un vago recuerdo de que era así la cosa, pero no puedo confirmarlo y en la LCT no se menciona nada del tema.
Desde ya millones de gracias de antemano por la ayuda que puedan darme.
Saludos!
Mauricio
