Colegas estoy terminando de redactar una hermosa demanda contra una ART por enfermedad profesional (disfonía funcional irreversible), ya transité el camino de la comisión médica regional, me lo rechazó, y ahora dentro del plazo de 10 días (este lunes 18) interpongo demanda y recurro dictamen ante los trib. prov. como regularme se hace, mi duda es si debo solicitar la inconstitucionalidad del 21 y 22, o si con las del 46 es suficiente. Porque hice alusión a los emblemáticos fallos Castillo, Venialgo, Marchetti y Ponce, y me parece que que debería solicitar las incons. de estos artículos también, así logro de esa manera la nulidad de lo actuado ante la CM. Es la primera demanda contra una ART que hago, ya que antes me había ido bien con las Comisiones Médicas y se trataba de accidentes laborales en todos los casos.
