Queridos colegas me ayudan a ordenarme en este laboral algo complicado??, la situacion, un trabajador ingresa en el 2010 como vigilador para un empresa de seguridad, dos meses despues se firma en el Miniisterio de trabajo la conciliacion del distracto en donde logicamente se le paga una cifra minima.( esto me desconcierta si habian pasado 2 meses podian haberlo hechado sin indemnizar!!)- 4 meses posteriores a esto se lo contrata nuevamente pero en negro, para cumplir las mismas tareas bajo el mismo empleador, en el transcurso de la relacion es asesinado.- preguntas: 1) como reclamo el seguro de vida obligatorio? si estaba en negro imposible supongo.-2) desde que fecha hago el computo para el reclamo del 248?? se computa la antiguedad anterior??,si la relacion siguio?3) como opera en un caso asi las multas dela 24013?? ya no hay relacion vigente es decir 25323 art 1 solamente no? me estoy olvidando algun rubro?? si alguien me puede ayudar c este temita le estare muy agradecida como siempre...-saludos a todos!!
EL HOMBRE LLORA AL NACER PORQUE SABE QUE HA VENIDO A VIVIR A ESTE GRAN ESCENARIO DE LOCOS.- SHAKESPEARE.-
