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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #732563  por Romina34
 
*suerte*
 #732719  por matias256
 
DAL escribió:jajajajajaja.
Es posible aplicar la 24013 y la 25323 a la vez.


Jajajajajajajajja!!!!!!!!!

Si, obvio, son distintos articulos.

El problema que estan teniendo en la discusion es que hablan de lo mismo pero interpretan distintas cosas. che, si parecen humanos . . . .
No se cual es la risa, para el tema en cuestion, no se pueden aplicar las dos leyes.
Nos gustaría saber tu opinión del tema, no tu opinión acerc de nuestras interpretaciones.
 #732801  por eltam88
 
Matias el art 2 ley 25.323 puede aplicarse y también la 24013. Se que seguro lo sabes pero por ahí viene la cuestión.
 #732944  por matias256
 
eltam88 escribió:Matias el art 2 ley 25.323 puede aplicarse y también la 24013. Se que seguro lo sabes pero por ahí viene la cuestión.
Ya sé que el art. 2 se puede aplicar con la 24.013, pero lo que se está discutiendo acá es acerca de la multa del art. 1 de la 25.323 y las multas de la 24.013. Bah, creo yo, sino es así, la verdad no entiendo cual es la discusión.
 #732991  por eltam88
 
matias256 escribió:
eltam88 escribió:Matias el art 2 ley 25.323 puede aplicarse y también la 24013. Se que seguro lo sabes pero por ahí viene la cuestión.
Ya sé que el art. 2 se puede aplicar con la 24.013, pero lo que se está discutiendo acá es acerca de la multa del art. 1 de la 25.323 y las multas de la 24.013. Bah, creo yo, sino es así, la verdad no entiendo cual es la discusión.

Yo conteste por lo expuesto por DAL, la única forma que ambas leyes se apliquen es así. Se que lo sabes, tan solo di mi opinión a tu post en el cual le decis a DAL que de su opinión, en el mismo post ponés ambas leyes no se pueden aplicar juntas.(entiendo porque dijiste eso pero al no especificar dejaste la puerta abierta).
 #733011  por flux
 
Luego de dos meses de este acontecimiento, recibe una Carta Documento por el que se le preavisa que, vencido el período de prueba, quedará extinguido su contrato laboral.
Bestia importante la empleadora. Se supone que cuando haces la chantada de inscribir con fecha posdatada con la intencion de despedir por el 92 bis de la LCT es para hacer el despido sin dar preaviso y hacerle perder la 24.013. Al dar el preaviso lo unico que haces es poner de sobreaviso al empleado para que haga la intimacion de la 24.013
 #733047  por juanbte
 
Un voto para relacion vigente, preaviso, despido al finalizar preaviso, denuncia de contrato, injuria, considerarse despedido antes de finalizacion de preaviso.

Saludos!
 #733105  por GU
 
DAL escribió:El problema que estan teniendo en la discusion es que hablan de lo mismo pero interpretan distintas cosas. che, si parecen humanos . . . .
Ah no! Si vamos a empezar con las agresiones...

Salutes!
 #733208  por matias256
 
eltam88 escribió:
matias256 escribió:
eltam88 escribió:Matias el art 2 ley 25.323 puede aplicarse y también la 24013. Se que seguro lo sabes pero por ahí viene la cuestión.
Ya sé que el art. 2 se puede aplicar con la 24.013, pero lo que se está discutiendo acá es acerca de la multa del art. 1 de la 25.323 y las multas de la 24.013. Bah, creo yo, sino es así, la verdad no entiendo cual es la discusión.

Yo conteste por lo expuesto por DAL, la única forma que ambas leyes se apliquen es así. Se que lo sabes, tan solo di mi opinión a tu post en el cual le decis a DAL que de su opinión, en el mismo post ponés ambas leyes no se pueden aplicar juntas.(entiendo porque dijiste eso pero al no especificar dejaste la puerta abierta).
Si tenés razón, pero creo que el hilo de la conversación no daba para dejar la "puerta abierta".
 #733211  por eltam88
 
Yo entiendo eso. Pero es así, uno no se explica correctamente y se lo hacen saber. Yo estoy acostumbrado jajaj, ni me molesta."Esto no es matemática" me lo dijeron como 10 veces.
 #733303  por DrCiclón
 
Estimados colegas, es sencillo el tema, la relación esta vigente y reconocida.

Hay que reclamar por la 24013, y de no pagar las indemnizaciones y diferencias salariales, por el art. 2° de la 25.323.
Que se joda el empleador por ser taaaaan rata de no querer pagar ni siquiera el preaviso de 15 días, ya que de haberlo despedido directamente no jugaba la 24.013, y si el art.1° de la 25.323; lo que reducía en forma importante el monto a reclamar.

Un abrazo.

Dario.
 #733366  por eltam88
 
DrCiclón escribió:Estimados colegas, es sencillo el tema, la relación esta vigente y reconocida.

Hay que reclamar por la 24013, y de no pagar las indemnizaciones y diferencias salariales, por el art. 2° de la 25.323.
Que se joda el empleador por ser taaaaan rata de no querer pagar ni siquiera el preaviso de 15 días, ya que de haberlo despedido directamente no jugaba la 24.013, y si el art.1° de la 25.323; lo que reducía en forma importante el monto a reclamar.

Un abrazo.

Dario.
Sintético el hombre jajaj. Yo entiendo como vos pero se generó un lindo debate, si queres lee la posición de Romina 34 y matias.
 #733388  por juanbte
 
Buenas a todos..
La 25323 va una vez extinguida la relacion laboral.
El debate está en determinar cuando se extingue o cuando es el "momento de despido" al que hace referencia.

Preavisar que a partir del mes que viene se prescindirá de sus servicios, no extingue la relacion este mes, sino el mes que viene. Mientras tanto como dijo DAL hasta se puede cambiar la causal de despido y todo!!
El empleado puede considerarse despedido durante este mes por otras cosas. Asi como tambien puede descartar los dias de preaviso y no cobrarlos (Art 236), incluso puede disminuir su jornada 2 horas sin disminuir el salario (Art 237). En fin, relacion vigente con fecha de extincion, de vencimiento ja!

Que hoy le llegue la notificacion de preaviso no quiere decir que a partir de hoy esta extinguida la relacion. Como dijo GU, en este caso es ajeno al caracter recipticio. Por lo que entra ese concepto rebuscado de "recibir sin considerarse despedido" que planteó cesar14. Leí un caso interesante planteado por DAL donde el empleado, tras desconocimiento de relacion y otras cosas, manifestaba estar a disposicion y nunca se considero injuriado y despedido. Brillante aunque no supe como terminó.

No se si lo armé bien y me quedó algo para agregar, despues vuelvo.

Saludos
Juan.
 #733609  por matias256
 
eltam88 escribió:
DrCiclón escribió:Estimados colegas, es sencillo el tema, la relación esta vigente y reconocida.

Hay que reclamar por la 24013, y de no pagar las indemnizaciones y diferencias salariales, por el art. 2° de la 25.323.
Que se joda el empleador por ser taaaaan rata de no querer pagar ni siquiera el preaviso de 15 días, ya que de haberlo despedido directamente no jugaba la 24.013, y si el art.1° de la 25.323; lo que reducía en forma importante el monto a reclamar.

Un abrazo.

Dario.
Sintético el hombre jajaj. Yo entiendo como vos pero se generó un lindo debate, si queres lee la posición de Romina 34 y matias.
Eltam yo fuí mas lavamanos dije que cualquiera de las dos era correcta... además, esto no es una ciencia exacta (queda mejor). :lol:
 #733612  por matias256
 
juanbte escribió:Buenas a todos..
La 25323 va una vez extinguida la relacion laboral.
El debate está en determinar cuando se extingue o cuando es el "momento de despido" al que hace referencia.

Preavisar que a partir del mes que viene se prescindirá de sus servicios, no extingue la relacion este mes, sino el mes que viene. Mientras tanto como dijo DAL hasta se puede cambiar la causal de despido y todo!!
El empleado puede considerarse despedido durante este mes por otras cosas. Asi como tambien puede descartar los dias de preaviso y no cobrarlos (Art 236), incluso puede disminuir su jornada 2 horas sin disminuir el salario (Art 237). En fin, relacion vigente con fecha de extincion, de vencimiento ja!

Que hoy le llegue la notificacion de preaviso no quiere decir que a partir de hoy esta extinguida la relacion. Como dijo GU, en este caso es ajeno al caracter recipticio. Por lo que entra ese concepto rebuscado de "recibir sin considerarse despedido" que planteó cesar14. Leí un caso interesante planteado por DAL donde el empleado, tras desconocimiento de relacion y otras cosas, manifestaba estar a disposicion y nunca se considero injuriado y despedido. Brillante aunque no supe como terminó.

No se si lo armé bien y me quedó algo para agregar, despues vuelvo.

Saludos
Juan.
Adhiero, pero la discusión en este post sirve tanto para el actor como para el demandado. Si te caen reclamando la 24.013 buscamos la otra posición y justificamos y luego que pase lo que tenga que pasar.