Hola colegas, nuevamente necesito que me ayuden. Necesito saber si puedo hacer un "acuerdo espontáneo" en el Mterio. y consignar en el mismo que el empleador despide desde ese día al trabajador (desde el día de la audiencia en el Mterio). El tema es que aún no hay despido y no lo va a haber, ya que el empleador no quiere mandarle TCL porque está seguro que posteriormente van a existir reclamos por dif. salariales y el trabajador no quiere renunciar (se le ofreció que renuncie contra pago de la indm.). Por eso me surgió la duda si se puede hacer una espontánea consignando en la misma que desde ese día se lo despide en los términos del 245, espero se entienda, desde ya mil gracias!.
