En un estudio en que trabajé sucedió lo siguiente:
Un trabajador inició demanda x el cobro de un accidente de trabajo, luego recibió una carta de las comisiones médicas donde lo revisaron, le fijaron la incapacidad y a los pocos días la ART le pago una suma por el accidente.
En el estudio no estaban muy contentos porque de esa suma el estudio no percibió nada.
Tengo entendido que una vez que la demanda está interpuesta todos los pagos deben realizarse en el expediente. No es asi?
Se podía evitar esta situación?
Un trabajador inició demanda x el cobro de un accidente de trabajo, luego recibió una carta de las comisiones médicas donde lo revisaron, le fijaron la incapacidad y a los pocos días la ART le pago una suma por el accidente.
En el estudio no estaban muy contentos porque de esa suma el estudio no percibió nada.
Tengo entendido que una vez que la demanda está interpuesta todos los pagos deben realizarse en el expediente. No es asi?
Se podía evitar esta situación?
