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  • MODELO DEMANDA FALTA DE PAGO LIQUIDACION FINAL

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 #729028  por NINAIUS
 
Hola foristas, necesito orientacion porque quiero preparar bien una demanda por falta de pago de la liquidacion final a consecuencia de despido sin causa de parte de la empleadora.

les cuento el caso:

Despidieron a mi cliente. no discutimos el despido y solo reclamamos la correcta antiguedad por interposicion de empresa eventual.
mi cliente se presento a cobrar y bajo engaños a tenor de " ya te depositamos el dinero en cuenta sueldo" lo presionaron a firmar recibos que por consejo firmo dejando un leyenda que iba a revizar lo liquidado.
No lo depositaron ni un peso.
intime nuevamente e intente comunicacion telefonica con empleadora pero muy agresivamente se niega a pagar y " espera sentada" textual el juicio.

pedimos audiencia proxima en el ministerio (Bs As.) pero es probable no vayan

vamos a tener que iniciar demanda.

busco algun modelo como para orientarme o ayuda, consejos de quien tenga experiencia y haya llevado adelante la accion por este supuesto,
cualquier dato lo acepto muy agradecida.

Cariños

Ninaius *flor*
 #729036  por matias256
 
Hola la demanda es como todas, solo en los hechos trata de explayarte en que no le pagaron, que le hicieron firmar un recibo (cosa que nunca aconsejo si es que no le pagan), etc. No te compliques mucho, es una demanda como todas, no tiene nada de especial. Reclamá la liquidación final, multa de la 25.323, art. 80, etc. Saludos.
 #729041  por eltam88
 
Reclamá también este artículo

ARTICULO 9º- (Falta de pago en término de la indemnización por despido incausado). En caso de falta de pago en término y sin causa justificada por parte del empleador, de la indemnización por despido incausado o de un acuerdo rescisorio homologado, se presumirá la existencia de la conducta temeraria y maliciosa contemplada en el artículo 275 de la Ley 20.744 (t.o. 1976).
 #730171  por NINAIUS
 
matias256 escribió:Hola la demanda es como todas, solo en los hechos trata de explayarte en que no le pagaron, que le hicieron firmar un recibo (cosa que nunca aconsejo si es que no le pagan), etc. No te compliques mucho, es una demanda como todas, no tiene nada de especial. Reclamá la liquidación final, multa de la 25.323, art. 80, etc. Saludos.
Hola Matias, gracias por la informacion, quiero estar segura de todos los rubros y multas a las cuales puedo acceder en juicio.
gracias aELTAM88 por el dato del art9 conducta temeraria y maliciosa

Saben de alguna jurisprudencia????
nuevamente GRACIAS por la ayuda y tengan un excelente semana

cariños
Ninaius *flor*
 #730501  por eltam88
 
Recorda el art 80 LCT. Transcurridos 30 días corridos de extinguida la relación laboral intimá plazo de dos días hábiles te entreguen certificado de trabajo. Si no te lo entregan tenés la multa pertinente.
 #730541  por NINAIUS
 
eltam88 escribió:Recorda el art 80 LCT. Transcurridos 30 días corridos de extinguida la relación laboral intimá plazo de dos días hábiles te entreguen certificado de trabajo. Si no te lo entregan tenés la multa pertinente.
Gracias !!