Hola mi colsulta es la siguiente: mi cliente trabajaba en una estación de servicio. Está dentro d elos primeros tres meses (o sea período de prueba). Al salir del trabajo choca con su moto. Por esa circunstancia lo despiden. No tiene derecho a indemnización alguno No?...solo el reclamo en ART por accidente de trabajo no?...laboralmente puede reclamar algo más?, gracias
leandroM escribió:Hola mi colsulta es la siguiente: mi cliente trabajaba en una estación de servicio. Está dentro d elos primeros tres meses (o sea período de prueba). Al salir del trabajo choca con su moto. Por esa circunstancia lo despiden. No tiene derecho a indemnización alguno No?...solo el reclamo en ART por accidente de trabajo no?...laboralmente puede reclamar algo más?, graciasSOLO PUEDE RECLAMAR LOS DIAS TRABAJADOS Y 15 DIAS DE PREAVISO SI ES QUE NO SE LO DIERON. EN CUANTO A LA ART, SI PUEDE PEDIR LAS PRESTACIONES DE LA LRT Y SI LE QUEDA ALGUNA INCAPACIDAD RECLAMAR LA INDEMNIZACION TARIFADA DE DICHA LEY.
SALUDOS!!
