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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #707198  por estudiodeabogada
 
tengo un cliente que esta con la reserva del puesto por el 211, por un accidente que en realidad la art y la empresa lo tomo como enfermedad inculpable, lo mande a la superintendencia a hacerse todos los estudios y estamos a la espera de los resultados. Mi pregunto atento no tener experiencia en el tema es una vez que tenga el informe de la superintendencia si es favorable a nosotros como debo proceder, se entiende cuales son los pasos a seguir? lo mismo en caso contrario. Gracias
 #710420  por MORGAN
 
si te lo rechazan podés seguir el itínere administrativo -no lo haría- ó reclamar judicialmente una reparación y las prestaciones dinerarias omitidas, dependiendo el reclamo de estas últimas de la incapacidad que posea.
si te hacen lugar la misma comisión va a determinar la incapacidad si es que tiene alguna. en ese caso la aseguradora va a apelar la resolución.
respecto del empleo habría que ver si se trata de una afección consolidada o no, en el primer caso no se aplicaría el 211 que sí corresponde al segundo caso -afección sin consolidar-, sino el 212, tareas adecuadas ó despido e indemnización del 247, o del 245 para el caso de que posea y no las quiera dar.
 #710644  por estudiodeabogada
 
perdon , pero es mi primer caso de accidente, veo que la tenés my clara, el tema es el siguiente la art le dió el alta médica por considerarla una enfermedad inculpable, al terminarse el plazo de licencia el empleador le envia telegrama haciendole saber de la reserva del trabajo por el 211. Yo lo mando a la sup. a hacer junta médica, estamos esperando el dictamen (si lo pido por tel. me lo darán?). Ahi viene mi pregunta en cuanto tenga el dictamen si es a nuestro favor intimo al empleador a que de tareas conforme art 212 e intimo a la art o ambos a pagar por el tiempo que no cobró?
 #712210  por estudiodeabogada
 
finalmente la comision dictamino diciendo que tiene traumatismo en las dos rodillas , que no hay incapacidad y que se trata de una enfermendad inculpable, que hago??? sooooocoooooorrrrroooooo
recordemos que el empleador le guardo reserva de empleo por un año mientras sigue tratamiento con su obra social por el 211 y? este hombre mientras tanto no cobra nada , esta a la miseria , casi no puede caminar y todo fue a raiz de la caida que tuvo en el trabajo aunque ellos digan que es inculpabe. Que harían?
 #714239  por Gyzella
 
Hola!! El tema es asi: cuando el empleador te pasa a reserva de puesto de trabajo en virtud de un accidente de trabajo, vos podes intimarlo via telegrama a que siga pagandote los salarios hasta el alta medica, en virtud de la LRT y no del 208. Porque en los casos de accidente de trabajo no se aplica el 208 LCT. Sino te dan bola, podes considerarlo despedido, porque al fin y al cabo no le van a pagar los salarios que son de caracter alimentario. O sea que se accidento, lo abandonan, no le pagan los salarios y lo pasan a reserva de puesto!!!
El tema de acudir a la comision medica, hay que tomarlo con pinzas, podes ir o no, no es obligatorio!!!
Si vas y te dictaminan que la dolencia es inculpable, tenés 2 opciones o apelarla a la CMC o a la justicia federal y litigar varios años.. o
podés iniciar directamente un juicio laboral por accidente de trabajo y determinación del % de incapacidad.
Lo que vas a necesitar en este caso, es asesorarte un medico laboral para que te estime un % de incapacidad, y tendrás que probar el nexo de casualidad entre la dolencia y el trabajo. Sumado al temita de los preocupacionales..
No se si fui clara, cualquier cosita avisame.. y ampliaremos!!
Me tome unas vacaciones.. no me retes!!! jaja
bssss
 #714876  por estudiodeabogada
 
gracias! el tema es que la comision médica le nego la enfermedad como accidente de trabajo, no le dio incapacidad lo consideró enfermedad inculpable, el tipo esta hecho pomada por artritis y varias dolencias pero que no son consecuencia de la caida en realidad. lo mande a apelar a la comision medica central, pero en realidad como la comision medica aconseja seguir tratamiento con su obra social ( que no se si la empresa se la conserva en estos casos) u hospital, le recomendé que hiciera el tratamiento, la operacion que le aconsejaron, y antes de finalizar el año de reserva se presentara en la empresa con el alta medica y porcentaje de incapacidad solicitando un trabajo acorde a sus capacidades y en caso de no lograrlo ir por el despido indirecto sea porque no quieren o no pueden otorgarle tareas acordes. Luego en todo caso depende las condiciones en las que esta iniciar una jubilacion por invalidez. gracias
 #715096  por lombroso
 
HOla , no te olvides de poner el rubro del despido discriminatorio que es un 30% del total.
 #715549  por isabella79
 
hola, y como quedo tu caso, que pasos seguiste, despues de que hablaste con gisella, por favor te agradeceria que me contestes ya que tengo un caso parecido al tuyo, y me serviria mucho tu experiencia.
muchas gracias
atte isabella
 #715576  por Gyzella
 
Hola Isabella: Cual es tu duda? en que te podemos ayudar?
bss
 #715586  por Gyzella
 
Isabella: ya encontré tu post, el tema es que tenés una enfermedad profesional consecuencia del trabajo. Te despidan o no podes reclamar igual.-
No resulta ético que te asesoremos desde el foro, porque la finalidad que tiene este medio es asesorarnos entre nosotros!!!
Te recomiendo que consultes a un abogado laboral para que te asesore como vos te lo mereces.
Tenés muchas cosas por hacer y necesitas de un profesional que se haga cargo del tema.
El empleador te puede despedir siempre que quiera, las consecuencias que tiene son económicas solamente.. y morales otras! suerte!!!
Gisela
 #716243  por isabella79
 
hola gisella, te agradezco, que me hayas contestado amablemente. te cuento que estoy cursando 3er año de abogacia, y ya me he consultado con un abogado pero no supo contestarme (no tuvo ni idea), despues hable con otro y tmb medio que me versio. entonces tome la desicion de buscar por mi cuenta, para saber mas o menos que puede llegar a pasar...me entendes?por eso, no soy todavia abogada, pero estoy en via.
la verdad, que mi situacion es complicada. porque es vidrioso el tema..........y yo vivo en el interior del pais, y aca parece que los profesionales no se actualiza, que se dedican a trabajar en lo convencional solamente...
te agradeceria que si podes orientarme un poco mas, ........
desde ya muchas gracias
 #717374  por Gyzella
 
Hola!! El tema es que tu caso es complicado, hay que leer la Ley especifica que regula tu actividad, hay que dedicarle tiempo y estudiar!!!! Hay que individualizar tus dolencias.. lo que se dice: trabajar en tu caso!!!!
Necesitas un profesional que se haga cargo de tu tema, con dedicación y responsabilidad.-
Ese es mi mejor consejo!!!
La enfermedad profesional que sufras consecuencia de tu trabajo se probara en la instancia pertinente.-
No hay Ministerio de Trabajo, Sindicato en tu zona ???? que raro.. si hay mas abogados que clientes :P
Yo no te puedo asesorar a través de Internet, primeramente, que no reúno los elementos necesarios y lo que te pueda decir, me puedo equivocar porque no conozco el 100% de la historia, segundo porque no resulta ético que lo haga.-
Todos los pasos procesales los tenes que hacer por intermedio de un abogado, no te podemos ni siquiera redactar los telegramas desde aca.. no se si me comprendes????
Pero lo único que te digo: es que soluciones hay, quédate tranquila!
Te voy a dar un ejemplo: no te puedo orientar de como hacer una cirugía a corazón abierto vía Internet, ni podes usar el youtube para ello!!!
Si no le hiciste los estudios previos, el paciente se te puede morir en el quirófano!
Suerte ya vas a encontrar con el profesional adecuado, lo importante es que no tomes decisiones apresuradas! bss
Gisela