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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #716163  por DraSabri
 
Colegas, tengo que contestar un traslado del 29 LO.

Tengo la contestacion de demanda: acompaña documental: recibos de sueldo, certificado de trabajo y PS6.2. de anses, y telegramas...
los recibos de sueldo y los telegramas no los voy a desconocer, creo que no tiene sentido, de hecho yo acompañe copia de esos telegramas recibidos. Con respecto al certificado? manifiesto ahora que no es la oportunidad de entregarlos? que correspondía hacerlo antes y por lo tanto procen igual las multas, etc., o este no es el momento? quizas en la vista de causa?

En la contestación plantea:
-impugnacion de los rubros reclamados, mulstas etc. mal calculo de lo reclamado por rurbos, imposición de topes... bla bla... solo ratifico la demanda.

-que no corresp horas extras porque era personal jerarquico, por eso estaba fuera de convenio. Dicen que sobre el estaba el gerente, porque el era jefe de mantenimiento.

-rechaza la aplicación del CCT invocado.

-rechaza el despido indirecto, da su version de los hechos.

-ofrece prueba: me impugna la cantidad de testigos y algunos puntos de pericia.

-sobre la intimación a presentar planillas horarias dice que llevan el control por fichas electronicas, que se borran cada 6 meses., por lo tanto no las tienen. que no hay obligación de llevar este libro, pese a la ley de jornada. AMPLIO PRUEBA (por ser "hecho nuevO" y pido pericia informatica para que tb informe si se habia dado de baja en el sistema de ingreso al empleador que no lo dejaban entrar?? y ademas p que informe sobre horarios de ingreso y egreso? obvio que por las fechas que dan es que lo han borrado....

-Pide inconstitucionalidad del 53 ter de la LO (yo no pedi aplicación de esa multa)

-Inconstitucionalidad del 9 de la LCT in dubio pro operario procesal.

-opone prescrip parcial por hs extra y dif salariales de mas de 2 años atras.


COMO encaro la CONETSTACION del traslado?
Respecto de las inconstitucionalidades digo algo? Yo pienso que no, no tengo por que discutirlo no? ademas, creo, carecen de asidero...
De la prescripcion tiene razon, pero es excep de fondo... asi que se resolvera despues...

Bueno, cualquier opinion me avisan!

Gracias!
 #716828  por matias256
 
Hola, te respondo
1) Siempre es recomendable desconocer toda la documental, por las dudas. Pero eso queda a tu criterio. No pasa nada si desconoces cosas que vos ofreciste porque seguramente ellos desconocieron cosas que ellos mandaron y así sucesivamente.

2) Si estás en capital no hay vista de causa (hablas del 29 de la LO). En cuanto a los certificados de trabajo lo que vale es la fecha que tienen, si la fecha que tienen (generalmente se certifica en un banco) está dentro de los 30 días, la multa no corre.

3) En cuanto a lo demás, tené en cuenta que la contestación del segundo traslado, no es una "contestación de la contestación", sino que la LO te da la oportunidad de ofrecer mas prueba y de desconocer la documental. Si el demandado no plateó excepciones, no reconvino ni alego un hecho nuevo, desconocido, no tenés mas que desconocer la documental y agregar la prueba que vos creas necesario. Luego el juez en el auto de apertura a prueba va hacer lugar o no a las pruebas ofrecidas por las dos partes.
No te compliques la existencia con el traslado, porque es obvio que el demandado va a pedir muchas cosas, pero vos no tenés que contestar. No es esa la finalidad del segundo traslado. Es el juez el que va a pronunciarse sobre todo lo que se pide.

Saludos.
 #717379  por DraSabri
 
colega, muchas gracias por tu clara respuesta

(la equivocada soy yo que puse LO, porque si es un caso de provincia! perdon)

entonces, respecto de las inconstitucionalidades no digo nada?

y respecto de la maniestacion de fichado mecanico o informatico para registro de ingreso y egreso, no podre tomarlo como hecho nuevo y pedir pericial informatica?? incluso me sirve como prueba del despido... sin perjuicio que dicen que a los 6 meses borran los registros....


Gracias!! ya mañana lo termino, para presentar pasado!
 #717384  por matias256
 
DraSabri escribió:colega, muchas gracias por tu clara respuesta

(la equivocada soy yo que puse LO, porque si es un caso de provincia! perdon)

entonces, respecto de las inconstitucionalidades no digo nada?

y respecto de la maniestacion de fichado mecanico o informatico para registro de ingreso y egreso, no podre tomarlo como hecho nuevo y pedir pericial informatica?? incluso me sirve como prueba del despido... sin perjuicio que dicen que a los 6 meses borran los registros....


Gracias!! ya mañana lo termino, para presentar pasado!
Tené en cuenta que en provincia no podés ampliar prueba. En cuanto a lo del fichero no se si se puede calificar como un hecho nuevo, igualmente no perdes nada con intentarlo. Pero no te compliques, en provincia solo desconoce la documental y solicita la apertura a prueba. Algunos abogados tratan de exponer alguna contradicción en la contestación, pero no es obligatorio ni necesario. Saludos.
 #717709  por DraSabri
 
Ok colega, gracias!

Aca solo se puede ofrecer prueba sobre hechos nuevos, por eso decia, quizas intento tomarlo como hecho nuevo (si bien el trabajados tenia tarjeta magnetica de ingreso!!) y pese a que la demandada dice que borran los registros a los 6 meses... obvio, no les conviene dejar prueba de las horas extras... pero no se, quizas lo intento...

Y lo ultimo, prometo!!: sobre los planteos de inconstitucionalidad? no digo nada... de hecho, no me dieron traslado especifico de eso...

Bueno, gracias por todo!
 #717875  por matias256
 
DraSabri escribió:Ok colega, gracias!

Aca solo se puede ofrecer prueba sobre hechos nuevos, por eso decia, quizas intento tomarlo como hecho nuevo (si bien el trabajados tenia tarjeta magnetica de ingreso!!) y pese a que la demandada dice que borran los registros a los 6 meses... obvio, no les conviene dejar prueba de las horas extras... pero no se, quizas lo intento...

Y lo ultimo, prometo!!: sobre los planteos de inconstitucionalidad? no digo nada... de hecho, no me dieron traslado especifico de eso...

Bueno, gracias por todo!
Hola, es que no tenés que decir nada porque eso lo va a decidir el juez en la sentencia. El segundo traslado en provincia es una mera formalidad, solo desconoces documental y solicitas apertura a prueba, nada más. Salvo, obviamente, que hayan opuesto excepciones, reconvenido, o hechos nuevos.
Podés intentar lo del hecho nuevo, lo máximo que puede pasar es que te rechazen la prueba que ofreces por ese tema. Saludos.
 #718519  por DraSabri
 
Ok... gracias colegas! por responderme una y otra vez. Seguire sus consejos al pie de la letra
Perdon la insistencia, pero es la inexperiencia!

(eltam, no entendi que diferencia queres marcar en hechos nuevos y nuevos hechos...)
 #718733  por eltam88
 
DraSabri escribió:Ok... gracias colegas! por responderme una y otra vez. Seguire sus consejos al pie de la letra
Perdon la insistencia, pero es la inexperiencia!

(eltam, no entendi que diferencia queres marcar en hechos nuevos y nuevos hechos...)

En efecto, se puede decir que los “Nuevos Hechos“, son aquéllos hechos no considerados en la demanda o contrademanda. Cuando en el responde de la demanda o de la reconvención se alegan o introducen hechos no considerados en aquéllas, estamos en presencia de Nuevos Hechos. (Ver Art. 334 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, 334 de la provincia de Río Negro, 334 de la Provincia de Neuquén y 333 de la Provincia de Bs. As.).

Los “Hechos Nuevos” en cambio, son aquéllos que tienen relación con la cuestión que se ventila, y ocurren o llegan a conocimiento de las partes con posterioridad a la contestación de la demanda o reconvención, una vez que ya se ha trabado la litis. (Ver Art. 365 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Art. 365 de la Provincia de Río Negro, Art. 365 de la Provincia de Neuquén, y Art. 363 de la Provincia de Bs. As.).
 #719209  por Jdila
 
Coincido con Matias256, es una mera formalidad, salvo que haya alguna de las excepciones que te menciono, te limitas a pedir la apertura de prueba y sostenes todo lo volcado en tu demanda inicial. Saludos
 #719230  por eltam88
 
ES UNA CUESTIÓN TERMINOLÓGICA PERO ES ASÍ SON NUEVOS HECHOS NO HECHOS NUEVOS, LOS QUE SE DAN EN ESA ETAPA PROCESAL