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  • Despedida y con aportes parciales

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #708772  por Vivor
 
Hola colegas!

Tengo una cliente que fue despedida por Carta Documento y acabo de corroborar con una planilla sacada con clave fiscal en AFIP, que todos los meses la empresa le abonó menos de lo que le descontó en el recibo de sueldo en el concepto OBRA SOCIAL.

LAs consultas son dos:

1) Siendo que la empresa pagó parcialmente (no totalmente) los aportes a Obra Social, ¿entra dentro del Art. 132 bis de la LCT?

2) ¿Cómo es más conveniente encarar el reclamo? ¿Intimo a regularizar bajo apercibimiento de aplicación de la multa del 132bis? ¿O directamente digo que se verificó que los aportes a Obra Social ueron hechos parcialmente e intimo a que abonen esa multa?

Muchas gracias!

Saludos.
 #709024  por eltam88
 
Vivor escribió:Hola colegas!

Tengo una cliente que fue despedida por Carta Documento y acabo de corroborar con una planilla sacada con clave fiscal en AFIP, que todos los meses la empresa le abonó menos de lo que le descontó en el recibo de sueldo en el concepto OBRA SOCIAL.

LAs consultas son dos:

1) Siendo que la empresa pagó parcialmente (no totalmente) los aportes a Obra Social, ¿entra dentro del Art. 132 bis de la LCT?

2) ¿Cómo es más conveniente encarar el reclamo? ¿Intimo a regularizar bajo apercibimiento de aplicación de la multa del 132bis? ¿O directamente digo que se verificó que los aportes a Obra Social ueron hechos parcialmente e intimo a que abonen esa multa?
A la primer pregunta si.
A la 2) intima a la patronal para que en el término de 30 días corridos ingrese los aportes adeudados con sus intereses
Muchas gracias!

Saludos.