Buenas colegas, tengo una consulta que hacerles ya que en materia laboral estoy comenzando a trabajar hace poco: (Aclaro que es en Provincia de Bs As)
Tengo un caso de un cliente al que la empresa lo despide sin causa, me viene a ver a mi con el intercambio telegrafico ya iniciado por el sindicato empleados de comercio, en ese intercambio intima a cobrar diferencias salariales por real categoria, el empleador niega todo y pone a disposicion nuestra la liquidacion y certificados de trabajo junto con el telefono del abogado de ellos. Lo llamo al abogado, iniciamos una negociacion extrajudicial que no llega a buen puerto porque no querian reconocerme los rubros no remunerativos en la liquidacion, asi que como no se comunicaron mas, a los 30 dias intime al pago de la indemnizacion y entrega de certificados de trabajo, ellos contestan que el trabajador se niega a recibir la liquidacion y que que debido a ello inician el pago por consignacion.
Mi consulta viene aqui, yo se que las diferencias salariales que reclamo son de dificil prueba, ya que no tenemos buenos testigos, ni otro medio probatorio, por eso quiero pensar un poco mas si lo voy a iniciar el reclamo, puedo allanarme al pago para cobrar lo que consignan rapido, haciendo reserva de derecho de reclamar los otros montos mas adelante? las costas judiciales son a cargo del empleador? (en ninguna cd me intimo a que el trabajador reciba el pago bajo apercibimiento de pagar por consignacion, directamente consigno cuando lo intime a los 30 dias)
muchas gracias colegas!!
Tengo un caso de un cliente al que la empresa lo despide sin causa, me viene a ver a mi con el intercambio telegrafico ya iniciado por el sindicato empleados de comercio, en ese intercambio intima a cobrar diferencias salariales por real categoria, el empleador niega todo y pone a disposicion nuestra la liquidacion y certificados de trabajo junto con el telefono del abogado de ellos. Lo llamo al abogado, iniciamos una negociacion extrajudicial que no llega a buen puerto porque no querian reconocerme los rubros no remunerativos en la liquidacion, asi que como no se comunicaron mas, a los 30 dias intime al pago de la indemnizacion y entrega de certificados de trabajo, ellos contestan que el trabajador se niega a recibir la liquidacion y que que debido a ello inician el pago por consignacion.
Mi consulta viene aqui, yo se que las diferencias salariales que reclamo son de dificil prueba, ya que no tenemos buenos testigos, ni otro medio probatorio, por eso quiero pensar un poco mas si lo voy a iniciar el reclamo, puedo allanarme al pago para cobrar lo que consignan rapido, haciendo reserva de derecho de reclamar los otros montos mas adelante? las costas judiciales son a cargo del empleador? (en ninguna cd me intimo a que el trabajador reciba el pago bajo apercibimiento de pagar por consignacion, directamente consigno cuando lo intime a los 30 dias)
muchas gracias colegas!!
