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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #706443  por marsol
 
Hola colegas les hago una consulta inicie una ejecución de sentencia ya que mi clienta tenia demanda a su favor pero nunca le habia pagado, me aceptan la demanda envio los mandamientos y no se que me contestan porque el expediente se va remitido a los juzgados concursales dado que la empleadora se encontraba en concurso de acreedores. El tema es el siguiente ese concurso esta con acuerdo , homolgado y aparentemente terminado (digo aparentemente porque yo de esa rama del derecho desconozco) no tengo posibilidad de verificar el credito ni aun tardiamente porque han pasado mas de dos año como permite la ley.
Hablando con un colega me sugiera que pida se remita nuevamente el expediente a los juzgado laborales en razón de esa imposibilidad de presentar el credito en el concurso. alguien tiene una idea diferente que me pueda ayudar? desde ya muchas gracias
 #706541  por marsol
 
Hola Squonk gracias por responder.
La fecha del despido es 14/05/05 y la apertura del concurso 27/11/05. En el expediente laboral donde los demandados se hicieieron parte no se denuncio la existencia del concurso y en el expediente concursal nunca se denuncio a mi clienta como acreedora es más por lo que he estado viendo cuando se homologa el acuerdo la sentencia dice "no existiendo creditos laborales...". El acuerdo se homologa creo que en el 2007 y esta acreditado el primer pago se ahbian pactado 5 pagos, es decir que los otros 4 pagos no se si realizaron, en consecuencia no se si el concurso esta cerrado o no pero de acuerdo a la ley no se puede verificar han pasado más de 2 años.
 #706593  por abglu
 
los creditos laborales que optan por seguir su tramite ante el juez natural pueden iniciar un incidente de verificacion tardia una vez que obtienen sentencia firme a su favor.
Ahora. Lo que se exige es que se notifique al juez del concurso para que en el proceso laboral pueda intervenir el sindico como parte necesaria.
Me llama la atencion que no se haya denunciado al concurso porque el concursado conserva la legitimacion procesal. Por otro lado si el juicio no fue denunciado el sindico puede inversitarlo y denunciarlo al concurso.
De todas maneras yo intentaria iniciar un incidente de verificacion tardia.-
el art 56 LCQ exepciona el plazo de dos años a los casos donde no el fuero de atraccion no produce efectos como los procesos laborales. Entonces el requisio es que dentro de los 6 meses de firme la sentencia te presentes a verificar.-
Si bien el incidente es la via procesal indicada es discutible la calificacion de tardio porque la propia ley concursal da la opcion de iniciar o continuar el juicio en los juzgados laborales. El nuevo art 56 dice que esa verificacion no se considera tardia.
Entonces: La via procesal es el incidente de verificacion tardia, pero esa verificacion no produce los efectos de una verificacion tardia, entre otras cosas la carga de las costas.-
Ahora el concurso no esta terminado sino que esta homologado y en etapa de cumplimiento del acuerdo.
Va a estar concluido cuando el acuerdo este integramente cumplido y se dicte una resolucion de cumplimiento del acuerdo.
El efecto de la homogacion a tu respecto seria que si te incorporas al concurso vas a tener que aceptar los terminos de la homologacion o sea la quitas o esperas que se hayan convenido.-
Espero haber sido util saludos.-
 #706810  por marsol
 
El tema es el siguiente el proceso laboral lo llevo un colega, el año pasado en agosto el cliente me viene a ver a mi porque les parecia raro que desde el 2005 el juicio demorara tanto me pongo a investigar y la sentencia en lo laboral habia sido dictada el 08/06/2007 y es más el colega que lo llevo habia renunciado al patrocinio. Yo con esa sentencia que estaba firme y no habia sido recurrida inicio la ejecución. saco un primer mandamiento que vuelve sin diligenciar porque los demandados se habian mudado, pido la reiteracion y es ahi cuando se da todo este tema de la remisión a los juzgados concursales que se ordeno hace 15 días yo en el expediente concursal no he presentado nada simplemente fui a ver en que estado se encontraba.
Ahora y agradezco el aporte de abglu pero han pado mucho más de 6 meses podre igualmente intentar la verificación tardía?
 #706927  por abglu
 
ahora con esta explicacion del asunto veo dificil el camino porque la causa de la obligacion de indemnizar es anterior a la presentacion en concurso y por lo tanto entre en los terminos del acuerdo homologado en el concurso.
El plazo de 6 meses es un plazo de caducidad segun la doctrina mayoritaria.
La verificacion tempestiva o tardia es la unica manera de entrar en la masa concursal o en el acuerdo homologado. En este caso no le veo muchas posibilidades.- Digamos que tu cliente tuvo que haber sido notificado de la renuncia al patrocinio del colega anterior y en este caso el juez le da un plazo para designar nuevo apoderado o patrocinante.-
Tengo la impresion de que tu cliente se durmio y ahora probablemente caduco el derecho. En la ejecucion te van a oponer exepciones en base a este punto.-
 #737614  por PabloAF
 
Hola: Estamos tramitando un laboral con un socio y ahora la S.A. empleadora entró en concurso y debo notificar al síndico y presentar tardíamente la verificación cuando tenga sentencia verdad? Alguno de ustedes me podría facilitar el escrito con el que notifican al síndico del concurso? Gracias.-
 #737626  por flux
 
El efecto de la homogacion a tu respecto seria que si te incorporas al concurso vas a tener que aceptar los terminos de la homologacion o sea la quitas o esperas que se hayan convenido.-
Aun si tu titulo de verificacion es posterior a ese acuerdo? no hay manera de oponerse o iniciar la ejecucion aparte en el fuero laboral?