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  • Lo efectivizaron y no renunció a la Emp Serv Eventuales

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 #704200  por feli07
 
Muchas gracias gente por sus consejos, son de gran ayuda para mi.
 #704756  por DAL
 
Uhhh esta debatida la cosa. Y la pobre Feli en el medio y con el cliente. Mmmmm
Cuando es la audiencia en el SECLO??
Señores, hagan sus apuestas!!!!
 #704771  por Romina34
 
Si, la verdad pobre Feli...
Como dije en otra respuesta, todo puede ser... quiza la empresa de servicios eventuales ofrezca algo.... pero no sabemos cual es ni cuan bien asesorada esté.
No se me ocurre como ayudarla frente al cliente...
Alguien tiene alguna idea?
Saludos,
 #704773  por feli07
 
Ay chicos me metí en lío! :lol:
El Seclo lo tengo que pedir esta semana, para cuando tenga audiencia les aviso. Yo voy, me hago la re-segura de lo que estoy pidiendo con mi mejor cara de póker. Si puedo arreglar, avanti. Sino, archivo el tema hasta que mi cliente cese en la empresa usuaria. Y ahí que Dios me ayude :mrgreen:
 #704775  por feli07
 
Yo a mi cliente le plantée las opciones, y él tiene en claro que con la Empresa de Servicios Eventuales nos tirábamos un lance. Lo que yo no evalué, y es lo que me tortura ahora, es que con este reclamo incorrecto podría frustrar un posterior juicio contra la usuaria por la antigüedad. Eso no lo pensé nunca :oops:
 #704777  por eltam88
 
Para mí como te dije en un post anterior no esta del todo perdido, se puede pelear lo de la antigüedad.

NO TE DES POR VENCIDO NI AÚN VENCIDO... aunque vos no está vencida jajja.
Tranqui.
 #704790  por Romina34
 
feli07 escribió:Yo a mi cliente le plantée las opciones, y él tiene en claro que con la Empresa de Servicios Eventuales nos tirábamos un lance. Lo que yo no evalué, y es lo que me tortura ahora, es que con este reclamo incorrecto podría frustrar un posterior juicio contra la usuaria por la antigüedad. Eso no lo pensé nunca :oops:

Ok, si le quedo claro que es un lance entonces quedate un poco más tranqui.
Con lo de la antiguedad respecto de la empresa usuaria, espera, en todo caso te recomiendo lo siguiente. que tu cliente se quede en el molde, cuando en el futuro se le anuncie un eventual despido (desconozco como procede esa empresa, es decir, si lo llaman de rrhh y le avisan o sin aviso de nada le mandan cd a la casa) si la modalidad fuera llamado a rrhh y anunciarle a lo que procederá la empresa, ahi él podría plantear que su real antiguedad no es la del registro, sino que arranca desde que estuvo x medio de la empresa de servicios eventuales. y quiza de ese modo la empresa incluya en la liquidación la antiguedad devengada desde la contratación x medio de la empresa de servicios eventuales.
caso contrario, es decir, sin mediar palabra le mandan cd a la casa. el que acuda a un abogado y que se responda esa cd conforme la ley 25323.
quiza, pasado el tiempo, la empresa usuaria no tenga registro de este reclamo, no sabemos si la empresa de servicios eventuales será proveedora para ese momento de la empresa usuaria, y entonces, a lo mejor zafas y nadie se entera de este reclamo, lo cual a lo mejor le permitiría reclamar x el total de la antiguedad a la empresa usuaria.
suerte y contanos como te va!
saludos,
 #704882  por DrCiclón
 
feli07 escribió:En realidad lo que pregunto es si hay alguna posibilidad de salir de una forma digna de esta situación!!!!!! :oops: :oops: :oops:

Si la hay, pero creo que no con dinero en el bolso...

Tirate el lance en el SECLO, pero la veo dificil.


EL día de mañana tendrías que intimar a ambas empresas por el fraude, a la usuaria por registrar con fecha posdatada (fijate el art. 73 y ss de la 24013) y a la eventual como responsable solidaria.
 #705340  por "doctoraZA"
 
INTERESANTE eL PLANTEO....les hago otro que opinan de un trabajador registrado enu na empresa de serev eventuales habilitada pero cuya modalidad de tareas en la usuaria no es eventual.- con una antiguedaad d eun año.- Ahora lo citan d ela eventual p pagarle segun ellos un item de renuncia ante la imposibilidad de asignar nuevo destino laboral, prosperara el fraude y pedido de registracion ala usuaria??.- 2) el tarabajador necesita el dinero q ofrece la eventual desconfio puede q se lo otorguen mediante escribano la suma es importante, quedara a salvo el posterior reclamo contra la usuaria y la eventual como solidaria??? como lo ven gracias a todos como siempre.-
 #705354  por Romina34
 
Lo quiere hacer renunciar pero le va a pagar como si lo despidiera? no entiendo...
Mira si la empresa de servicios eventuales lo despide y le paga todo, no veo que despues pueda reclamar x la antiguedad a la empresa usuaria... por que como sería el planteo? queres decir que despues de desvinculado de la empresa de servicios eventuales lo contrate la misma empresa usuaria, y ahi plantear x la antiguedad devengada durante la contratación x la eventual?
saludos,
 #705369  por "doctoraZA"
 
hola claro seriA ASI, LA EVENTUAL lo qre despedir lo citan diciendo q pase a buscar liquidacion final ma sun item de renuncia cdo le dicen el monto me llamo la atencion(mucha plata ) el cliente habia venido a csultarme antes ahi es donde descubro el tema del fraude q te comentaba ya q el trbajaba como tecnico y capacitaba personal. en la usuaria- ante ello le redacto tcl denunciando fraude laboral inversion de status njuridico empresas contratante y usuaria para q la usuaria lo registre.- ese tcl nunca se envio porq recibe el llamado d ela eventual.- Entonces daddo qw todo pago es acuenta qria saber como veian si el va y cobra, el eventual posterior planteo a la usuaria es medio enroscado el tema pero el fraude es real esta comprobado.- que me recomendas en un caso asi, envvio la carta no le van a pagar... en fin , y si le pagan con escribano de por medio igual lo puedo dar vuelta no??
 #705440  por Romina34
 
mira si la eventual hizo los aportes, pago sueldos, etc, y despide y paga indemnización por el tiempo tabajado para ella... no veo que queres reclamar despues...
espera otra opinión.
saludos,
 #705447  por eltam88
 
Aquello que te abonaron se descontará de lo que te corresponda, no vas a cobrar dos veces por los mismos rubros.
Igual si demostrás el fraude entiendo que te tienen que reconocer la antigüedad. Es decir si lográs demostrar que desde un principio ingresaste a trabajar para la usuaria y que el trabajo realizado nada tiene que ver con trabajo eventual. Ahí podrías aumentar tu indemnización por la ley 24013, es decir por ingreso posdatado.
No se si estoy diciendo cualquiera jajaj.Espera más opiniones.
 #705458  por eltam88
 
DAL escribió:Es que la antiguedad se la tendrían que reconocer, si sigue la relación con la usuaria. Pero acá, se queda sin trabajo, por lo que entiendo.
No DAL, porque solo está reclamando indemnización a la emp serv. event que fuera su empleadora y mientras tanto sigue laborando para la usuaria