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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #704862  por cresta
 
Hola colegas, se me presento un caso bastante complejo que lo quiero compartir y pedirles sus consejos a la vez: Se trata de un trabajador que realizo tareas para la secretaria de telecomunicaciones. Lo Contrataron en el marco de un "convenio de asistencia técnica" (así le llamaron) suscripto entre la UTN y el citado ministerios, el hecho es que jamás en toda la relación firmo ni le entregaron recibo alguno, le depositaban en una cuenta. Ahora bien hace unos días dejo de concurrir: 1) debo agotar la vía administrativa del reclamo? como lo hago? 2) envio c.d. solicitando la reinstalación ( por la estabilidad propia del emp. público) Se considera despedido? 3) que ley rige? Aquellos que ya hayan litigado contra la administrac pública se les agradece.
 #705195  por diegoignacio
 
Estimado, creo que el tema tiene muchas aristas que hay que ver que tipo de contrato tenia esta persona, ya que muchas veces son pasantias, o locaciones de servicios en donde dan de alta al monotributo de "empleado"

primero preguntate: En que dependencia realizaba tareas, que remuneracion se le abonaba, cual era su jornada laboral, cuanto tiempo laboro? porque dejo de concurrir? sin esos datos intentar demandar a un ministerio es casi un suicidio.

saludos y espero que estas preguntas te den alguna respuesta.... no te olvides de los principios y derechos del trabajador y las formas que existen para vulgar una relacion labora
 #705242  por Dra. 33
 
Hay un fallo plenario al respecto. Es de unos 10 ó 15 años atrás que dice que los trabajadores del Estado aunque sea por pasantía, locación de servicios o contratados, si los despiden o se dan por despedidos les corresponde indemnización como si estuvieran trabajando en blanco y correctamente registrados. No recuerdo el nùmero del fallo plenario
 #705327  por "doctoraZA"
 
como te aconsejaron mas arriba yo me centraria en descubrir si hubo fraude laboral, si lo hubo cae la por el pcipio d eprimacia de la realidad la forma juridica q le dieron las partes, la aplicacion d ela ley de empleado publico pudiendo pasar segun el caso la cuestion ala orbita d ela LCT claro despues de un analisis pormenorizado del tema no siempre.- hay q estudiarlo bien saludos, hay jurisprudencia sobre el tema.-