Buenas, la pregunta es esta: mi cliente por un acuerdo de amistad con los anteriores directivos de la institucion donde trabajaba estuvo un año en negro hasta que lo blanquearon y todo bien, pero con el cambio de autoridades lo despidieron sin causa, intimandolo a apersonarse y cobrar liquidacion final. Esta re caliente y ahora quiere cobrarles todo, incluido el año en negro, que segun asegura tiene como probar.
Primer tema: yo pense que es mejor que cobre la liquidacion y luego intime la real fecha de ingreso, porque si la intima antes por ahi no le quieren pagar y es preferible que tenga unos mangos ya y despues vaya por la diferencia ¿estan de acuerdo? Mi duda es si al aceptar la liquidacion final luego no podrian oponerme la doctrina de los actos propios cuando reclame la diferencia, pero tengo entendido que en derecho laboral al ser de orden publico e irrenunciable, no tendria aplicacion dicho planteo si me lo hacen ¿es correcto?
Segundo tema: ¿alguien podria facilitarme un modelo de TLC con denuncia de real fecha de ingreso y rubros emergentes de la misma?
Muchas gracias desde ya
Primer tema: yo pense que es mejor que cobre la liquidacion y luego intime la real fecha de ingreso, porque si la intima antes por ahi no le quieren pagar y es preferible que tenga unos mangos ya y despues vaya por la diferencia ¿estan de acuerdo? Mi duda es si al aceptar la liquidacion final luego no podrian oponerme la doctrina de los actos propios cuando reclame la diferencia, pero tengo entendido que en derecho laboral al ser de orden publico e irrenunciable, no tendria aplicacion dicho planteo si me lo hacen ¿es correcto?
Segundo tema: ¿alguien podria facilitarme un modelo de TLC con denuncia de real fecha de ingreso y rubros emergentes de la misma?
Muchas gracias desde ya
