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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #697520  por eltam88
 
Si intimaste correctamente cuando transcurrieron treinta días corridos desde la extinción del vínculo laboral para que en el plazo de 2 días hábiles te entreguen certificado de trabajo . No. En cambio si no hiciste esto no tenías derecho a la misma.