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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #694458  por claukp
 
Hola gente! es la primera vez que hago un despido por la patronal, así que necesito de su experiencia. Es conveniente que haga el preaviso, o que lo evite, y abone la falta de preaviso? el trabajador estuvo a su servicio menos de un año. Tbm, y otra duda q tengo, es que debo homologar la liquidación, de despido sin causa, de un trabajador registrado??? Si es así, en que sede, en el Mrio de Trabajo, o ante la justicia!!! Gracias y espero sus opiniones!
 #695187  por MAYRA40
 
A ver si entendi... Ya mandaste Cd, si no tenes que dar el preaviso. Depende de la antiguedad del trabajador. Ahora si ya enviaste la CD si tendrás que abonar el preaviso..Conviene homologarlo, algunas empresas lo hacen mediante acta notarial, pero es más conveniente ir ambas partes al seclo (si es capital) o ministerio del trabajo(pcia) aunque aquí solo te registran el acuerdo luego tendrás que pedir la homologación via judicial
 #695242  por claukp
 
Hola, gracias por responderme. Aun no he enviado la CD, pero tenia entendido, que en la misma CD si le informa al trabajador el preaviso, y que a partir del mes, ( ya q la antiguedad es menos de un año) de notificada la CD, se le practica la liq... Una vez q pase el mes nos presentamos en el Mrio o debe ser antes??
 #695243  por eltam88
 
Grisolia en su libro de contarto de trabajo o régimen indemnizatorio en el contrato de trabajo recomienda pagarlo.
 #695245  por eltam88
 
Al preaviso jaja me había olvidado
 #695248  por abglu
 
una vez que se cumple la fecha de finalizacion de la relacion laboral te presentas a la autoridad administrativa y se deja constancia de que le abonas la liquidacion final por despido sin causa.- Fijate en el art 245 ultimo parrafo que dice que la indeminzacion no puede ser menor a dos sueldos segun la mejor remuneracion normal y habitual.-
Le tenes que abonar eso en concepto de indemnizacion por antiguedad.-
Le tenes que abonar un proporcional del SAC y vacaciones. Saludos.-
 #695267  por claukp
 
Muchas gracias!! y por ultimo, si mal no he hecho la cuenta, si esta persona cobra 2600, con un año de antiguedad, sin cargas, la indemnizacion sin preaviso es alrededor de los 10000$ aprox, no?... al empleador le cobraria como honorarios entre un 10% a 15%???
 #695282  por abglu
 
Me parece que es un bastante menos por la antiguedad. si la cuenta no me falla seria asi la cosa:
Antiguedad: 5200
Vacacuiones: 2600 % 25. $ 104 diarios
104 * 14 ( corresponde por antiguedad) % dias habiles trabajados en el año.-
Esto te da el proporcional de vacaciones no gozadas.-
Al resultado lo dividis por 12 y te va a dar el Sac de vacaciones.-
SAC: 2600 % 2. $ 1300 por semestre.-
1300 % 182 ( dias habiles del semestre) 7, 14 Valor dia.-
Al valor Dia lo multiplicas por los dias habiles que trabajo en el sempestre y ahi tenes el Sac Proporcional.-
 #695302  por claukp
 
pORQ LA INDEMNIZ X ANTIG ES DE 2 REMUN...??? SI TIENE MENES DE UN AÑO DE RELACION LABORAL?
 #695305  por abglu
 
tenes razon es un mes de sueldo. Me equivoque....
 #695310  por abglu
 
pero fijate por las dudas bien la fecha de ingreso que no sea por ejemplo 1 año y 3 meses porque ahi si son dos sueldos.-
ES un mes por año o fraccion mayor a 3 meses.-
El minimo o sea si tiene un año, o un año y 2 meses seria solo un sueldo.-
 #695313  por claukp
 
NO HAY PROBLE, PERO ME DA ALREDEDOR DE 9000$. INCLUYENDO EL MES DE INTEGRACIÓN. Y tiene menos de un año en la relacion laboral
 #695319  por abglu
 
Me parece que esta bien. solo faltan tus honorarios.- Saludos.-
 #695320  por claukp
 
Gracias!!! saludos