Hola !
Les dejo una consulta :
Viene una clienta que dar de baja su empresa por falta de trabajo y tuvo q despedir a una empleada que estaba debidamente registrada, el despido se lo comunico por CD por la causal del 247 ( sin proc. de crisis ante el ministerio).
Ahora le llego la demanda a nombre de la empresa y los socios q la integran por despido sin causa.
PREGUNTAS:
1) Hay algún inconveniente en que haga la contestación de la demanda respondiendo a nombre de todos los demandados , es decir, de la empresa ( en cabeza del socio gerente), y por derecho personal de los otros 2 que la componían ?
2) Como la idea de esta gente es poder arreglar en la audiencia del art 25,quisiera tener un parámetro de que rubros son los que habitualmente se ofrecen como pago mínimo por indemnización en la audiencia del art 25 ?
Como siempre , muchas gracias !
saludos
Les dejo una consulta :
Viene una clienta que dar de baja su empresa por falta de trabajo y tuvo q despedir a una empleada que estaba debidamente registrada, el despido se lo comunico por CD por la causal del 247 ( sin proc. de crisis ante el ministerio).
Ahora le llego la demanda a nombre de la empresa y los socios q la integran por despido sin causa.
PREGUNTAS:
1) Hay algún inconveniente en que haga la contestación de la demanda respondiendo a nombre de todos los demandados , es decir, de la empresa ( en cabeza del socio gerente), y por derecho personal de los otros 2 que la componían ?
2) Como la idea de esta gente es poder arreglar en la audiencia del art 25,quisiera tener un parámetro de que rubros son los que habitualmente se ofrecen como pago mínimo por indemnización en la audiencia del art 25 ?
Como siempre , muchas gracias !
saludos
