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  • LABORAL - DESPIDO DE TRABAJADOR PARCIALMENTE EN NEGRO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #693734  por butteler
 
Hola colegas, les comento que me ha venido un caso por una persona despedida el 29/03(segun fecha de recepcion del telegrama de despido). La tarea que desempeñaba era la de vendedora en un local de comidas detras de un mostrador desde el dia 1/06/2009. Trabajaba de lunes a viernes, 4 horas diarias y percibia en mano $700 pesos, mas alla de que en el recibo de sueldo figuraba un sueldo bruto de $467.93. Su categoria estaba registrada en AFIP como "MODALIDAD DE CONTRATO 201 - PUESTO NUEVO ART. 16 LEY 26.476, PUESTO 5220 (vendedores y demostradores de tiendas y almacenes). RETRIBUCION PACTADA: $66.40. MOD. LIQ. 4 - DIA".

Mis consultas son las siguientes: La ley 26.476 tal como la interprete tiene vigencia para aquellas relaciones laborales hasta diciembre de 2008 -no incluiria este caso-, esto realmente es asi o estaba bien que la registren de ese modo y bajo esas modalidades? Como deberia tomar las 4 horas diarias en la liquidacion final y cual seria el sueldo minimo establecido para ese tipo de jornada y categoria, se considera reducida?

Disculpen por la extension y desde ya les pido por favor que me ayuden ya que necesito redactar el telegrama de mi clienta, a quien solo ofrecieron pagarle $2.000 como indemnizacion.

Muchas gracias

Juan Pablo
 #693747  por DAL
 
La modalidad no está mal pero me parece que el sueldo está bajo apra 20 horas semanales.
Hacé la cuenta con el sueldo de la escala, calculado al proporcional, sobre 20 o 24 horas semanales, lo que corresponda haber trabajado tu cliente.
 #693815  por eltam88
 
Fijate el CCT aplicable por las tareas, horas que trabajaba la empladada. REvisa el tema de la jornada legal de trabajo sgún convenio. Fijate si es conforme al mismo, caso contrario reclama las diferencias salariales por el período no prescripto.