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  • FALTA DE REGISTRACION/ cuida anciana

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #687949  por KARINAMDQ
 
Hola gente, tengo que intimar por falta de registracion. Una sra. cuidaba una anciana de noche, de lunes a lunes de noche (de 22 a 10 hs) le pagaban $700 por mes., le dijeron q no vaya mas...y querian darle $3000. Voy a intimar para que registren la relacion laboral, pero no se como encuadaria el empleo de ella (por lo q lei empleada domestica no) Si alguien puede opinar sobre este tema, va a ser bienvenido, gracias!
 #688498  por eltam88
 
Tu clienta era enfermera? que tareas realizaba, es decir solo la acompañaba o realizaba tareas domésticas, suministrba medicación?
Estas preguntas son importantes, ya que si realizaba tareas domésticas podes encuadrarlo el el decreto de servicio domestico, sino tenes que ir por la LCT, aunque la jurisprudencia esta muy dividida en si es o no contrato de trabajo La discución se basa en si es contrato de trabajo o locación de servicios.
 #688534  por MORGAN
 
fijate si encaja como dama de compañía, de esa manera la relación queda regida por el decreto 326/56.
 #688537  por eltam88
 
Debe tenerse en cuenta que la exclusión alcanza sólo a aquellas personas contratadas exclusivamente para cuidar enfermos, pero no a quienes, además, realizan las tareas de cocina y limpieza de la vivienda (conf. art. 2 Ver Texto decreto ley 326/1956; C. Nac. Trab., sala 3ª, "Zelaya, Marta E. v. Troncoso, Manuel", 24/8/2001; sala 4ª, 9/11/1989, "Pompilio Pereyra, Sara v. Santa María de Gómez, María"

n igual sentido, la sala 2ª de la C. Nac. Trab. resolvió que no cabe descartar apriorísticamente que la prestación de servicios de una enfermera dedicada al cuidado de un enfermo en su domicilio privado encuadra en un contrato de trabajo; antes bien, se ha reconocido reiteradamente que cuando la enfermera cumple un horario junto al enfermo y está a las órdenes de éste y de sus familiares, así como del médico tratante en el aspecto técnico, el vínculo dependiente aparece perfilado. C. Nac. Trab., sala 2ª, "Robledo, Marisa del V. v. Palacios, Pilar", 31/4/1998.

Tene en cuenta lo de las damas de compañía. En el decreto reglamentario se las menciona
 #689606  por KARINAMDQ
 
MORGAN escribió:fijate si encaja como dama de compañía, de esa manera la relación queda regida por el decreto 326/56.
Gracias por la ayuda! Mande los telegramas por LCT, no es enfermera ni domestica, cuida a una anciana de noche. Ahora tengo otro tema: mande los telegramas al domicilio del lugar de trabajo y ya hubo dos intentos de entrega por domicilio cerrado, mi clienta ya me habia dicho q las empleadas tienen ordenes de no recibir nada, que hago si no se puede entregar el telegrama??? Saludos!
 #689660  por DAL
 
No me pareció desproporcionada la oferta. 700 de sueldo por tres años, da 2100 la indemnización, en LCT, más preaviso, tenes 3000. Y esto sin correr el riesgo que la encuadren en domésticos. Ojo que no creo que caminen las multas por la 24013, ya que el caso está más cerca de domésticos que de LCT.
 #689787  por KARINAMDQ
 
DAL escribió:No me pareció desproporcionada la oferta. 700 de sueldo por tres años, da 2100 la indemnización, en LCT, más preaviso, tenes 3000. Y esto sin correr el riesgo que la encuadren en domésticos. Ojo que no creo que caminen las multas por la 24013, ya que el caso está más cerca de domésticos que de LCT.
El tema es que $700 es muy poco!, reclamo ademas diferencias salariales.
 #689820  por DAL
 
Eso tenes que verlo en función de las horas trabajadas. Sí claro que es poco, pero bueno, hay que ver que se arregló.