Hola quería consultarle a los que tienen un conocimiento mas acabado del tema y agradezco realmente sus aportes...
Hechos: mujer que trabaja en el servicio doméstico desde 1991 hasta la fecha de hoy aunque fue registrada recien 2000 y solo desde el 2000 hasta la fecha.
Esta mujer trabaja 5 horas por día los 5 días a la semana, pero resulta que ahora el empleador quiere bajar la jornada laboral a 2 horas por día, o sea conforme a esta modalidad quedaría excluida totalmente del estatuto 326/56 y por ende mas desprotegida aún...
Consulta:
-) tendria que intimar para que se reestablezca la relación (es decir se vuelva a laborar 5 horas diarias,o basta con la negativa verbal de la empleadora) o directatamente
-) se puede considerar despedida (despido indirecto) por incumpliento del contrato/relacion por parte del empleador al querer reducirle unilateralmente a dos horas diarias.
-) o convendría intimar a que se registre la real fecha de ingreso y los consecuentes aportes previsionales omitidos (y en base a esa respuesta considerarse despedida)
-) o en el mismo telegrama intimo por los dos cosas.
A todo esto la mujer conviene que vaya a trabajar por ejm. mañana a la mañana por las dos horas o que no vaya mas mientras se cursan los telegramas.
Realemente agradezco su colaboración y es bastante urgente.. muchas gracias
Hechos: mujer que trabaja en el servicio doméstico desde 1991 hasta la fecha de hoy aunque fue registrada recien 2000 y solo desde el 2000 hasta la fecha.
Esta mujer trabaja 5 horas por día los 5 días a la semana, pero resulta que ahora el empleador quiere bajar la jornada laboral a 2 horas por día, o sea conforme a esta modalidad quedaría excluida totalmente del estatuto 326/56 y por ende mas desprotegida aún...
Consulta:
-) tendria que intimar para que se reestablezca la relación (es decir se vuelva a laborar 5 horas diarias,o basta con la negativa verbal de la empleadora) o directatamente
-) se puede considerar despedida (despido indirecto) por incumpliento del contrato/relacion por parte del empleador al querer reducirle unilateralmente a dos horas diarias.
-) o convendría intimar a que se registre la real fecha de ingreso y los consecuentes aportes previsionales omitidos (y en base a esa respuesta considerarse despedida)
-) o en el mismo telegrama intimo por los dos cosas.
A todo esto la mujer conviene que vaya a trabajar por ejm. mañana a la mañana por las dos horas o que no vaya mas mientras se cursan los telegramas.
Realemente agradezco su colaboración y es bastante urgente.. muchas gracias
