Gente, tengo una duda muyyyyy tonta!
Mi cliente tiene por recibo de sueldo media jornada cuando en realidad va por jornada completa y hay una diferencia de sueldo entre los que efectivamente percibe y lo que se congsigna en el recibo de haberes: la intimación entra solo por el art. 10 de la ley 24.013 o lo meterían por el supuestos del art. 8???
Gracias
Mi cliente tiene por recibo de sueldo media jornada cuando en realidad va por jornada completa y hay una diferencia de sueldo entre los que efectivamente percibe y lo que se congsigna en el recibo de haberes: la intimación entra solo por el art. 10 de la ley 24.013 o lo meterían por el supuestos del art. 8???
Gracias
