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 #681303  por kellygi
 
estimados foristas: estoy haciendo una liquidacion por despido indirecto. Panadero trabajo en negro por 10 años, con un sueldo mensual de $960. Segun el convenio el sueldo seria de $2435. Tengo dudas respecto a las multas del art. 8 y 15 de ley 24013, el monto que me da (art8)es el siguiente: $73,050, lo que hice fue multiplicar el sueldo devengado (2453) por los 120 meses trabajados y el resultado lo dividi por 4.
y segun entiendo la multa del art 15 es el doble de lo que suma indemniz por antiguedad, preaviso vacaciones y sac? estoy en lo correcto ?
y con respecto a las diferencias salariales reste 2435-960 y el resulatdo lo multiplique por 24. Es asi o estoy errada.
 #681321  por MORGAN
 
una pequeña corrección la multa del art. 8 es por 130 meses 12 meses por cada añoa más el sac son 13 x 10 años.
el art. 15 LNE duplica el 245, preaviso, integración de mes y el sac sobre estos 2 últimos rubros.
las diferencias de sueldos están bien.