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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #680915  por Medabogado
 
El tema es el siguiente, es un empleado rural que desafortunadamente arreando ganado cayo de su caballo, y se golpeo su rodilla. El mismo ingreso a la empresa ya con antecedentes sobre lesiones y operaciones en la rodilla tal cual se certifica con los examene preocupacionales debidamente visados y en poder de la empresa. Atendido en debida forma por la ART, con intervención quirurgica de por medio mas 8 meses de licencia fue dado de alta. Casi un ano después, y en razón de diferentes conflictos disciplinarios el mismo es despedido con causa.

En la Supeintendecia de Riegos de Trabajo se le determino una incapacidad laboral permanete del orden 17,5 %, porcentaje por el cual cobró la indemnización que prevee la LRT por la aseguradora.

Actualmente me encuentro con carta documento por la cual intima al pago de una incapacidad del 25 %, en caso contrario iniciará juicio civil, conforme 1109 y 1113 del cc.

La pregunta es como defenderse en relación al 1113 ?. y en relación a lo demás que estrategia seguir en relación al tema en custión.

Desde ya muchas gracias por su ayuda.
 #681085  por MORGAN
 
como se defendería de cualquier juicio. negando que el hecho haya ocurrido, acreditará que estaba enfermo al ingreso. traiga a juicio a la seguradora, si no lo hace la accionante, y echele la culpa a la misma por la negligente prestación que otorgó. no se preocupe que ni siquiera hay certeza de que lo demanden. aconseje a su cliente a contratar un seguro de accidentes personales por cada empleado.
 #681273  por DAL
 
Coincido con MOrgan.
Fijate que el reclamo, ya de por sí, esta un poco cerrado. La ART pagó por un 17.5 y el reclama un 25% o sea que la diferencia se circunscribe a un 7 practicamente, que podés atribuir a las preexistencias detectadas, si es que realmente están detectadas.
No veo gran preocupación.
El 1113 tiene eximentes de responsabilidad propios (culpa de la víctima) aunque no creo que se de en el caso.
Tambien tendrá que acreditar que la indemnización pagada por la ART es insuficiente para reparar cabalmente el daño.