marifigue escribió:ah perfecto!!!! no sabés lo que te agradezco tu respuesta! me sirve de mucho, además veo que te tomaste mucho tiempo por la excelente respuesta.
te cuento que parece que fue hace unos ´dias ya...ella ahora ingresa en 15 de vacaciones...parece que fue hace un mes..porque además le descontaron plata del sueldo por esta acusación.
El otro tema es que no le otorgan los francos correspondientes desde hace un mes no tuvo ninguno.
por otro lado..te pregunto..el telegrama lo mando...argumentando todo esto... en prov. tengo la posibilidad...si bien no es obligatorio...de dirigirme a las subsecretarias del ministerio de trabajo..para pedir conciliacion verdad?
pero previo a eso si o si..tengo que mandar telegrama no?.....si elijo la via administrativa previamente....el paso primero sería mandar el telegrama....cuando pido la conciliación en la subsecretaria?...después d eque me respondan?....es necesario el telegrama para hacer esto verdad?...porque es la manera de notificarlos calculo....
por otro lado...luego....si elijo via administrativa..te voy a molestar para saber como se calcula el pedido....mil pero mil gracias!!!!
el telegrama lo redacto yo...pero lo firma solo mi cliente...o va con firma del letrado.....otra cosa que lei por ahi...es que tengo que hacer carta poder? bueno...ya te aburri con tantas dudas jajaa saludos y mil gracias nuevamente!
Gracias por Agradecer en primer lugar.
Después digo no fue tan buena respuesta mucho mejor fue la que dió el Colega Morgan.-
Un Capo mucho más experimentado y con ganas de enseñar -cosa que no se encuentra mucho-.
Mira para ir a la vía administrativa a la cual queres ir aparentemente, todavía falta mucho pues aún no termino el circuito telegráfico -siempre es bueno una vez que termino como le digo yo la guerra de telegramas-
Así que aún no te preocupes además como dice Morgan aún falta porque no podes considerarla a esta empleada despedida por exclusiva culpa de la patronal.-
La vía administrativa es el Ministerio de Trabajo de la Provincia, acá te paso el link para que sepas las delegaciones que hay para cuando tengas que ir a alguna de ellas:
http://www.trabajo.gba.gov.ar/informaci ... ciones.htm
En cuanto a la Carta Poder que preguntas es aquella que tenes que redactarle a tu cliente-a para que vaya al Tribunal de Trabajo -en prov- que esta en turno para que se la certifiquen, te paso un modelo de como es:
C A R T A P O D E R
En la ciudad de PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", a los PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" completa fecha en PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" comparece ante este PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" donde se certificará el PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", "PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"", PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"@, de PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" en PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" años de edad, PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", quien justifica su identidad con PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" y haciendo uso de la facultad que le confiere la ley provincial 7718, otorga PODER ESPECIAL a favor del Dr. PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", para que, en su nombre y representación intervenga, como actor o demandado en todo asunto en que sea parte, promueva y/o prosiga juicio por PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" materia del PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" contra "PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"". A tal efecto, lo faculta para que se presente ante las autoridades judiciales o administrativas nacionales y/o provinciales de cualquier fuero o jurisdicción, con escritos, demandas, contrademandas, testigos y cuanta más pruebas y justificativos considere necesarios; recuse con o sin causa; cobre o perciba; preste juramentos o cauciones juratoria; tache testigos; diga de nulidad; prorrogue o decline jurisdicción; asista a juicios y comparendos verbales; interponga toda clase de recursos y excepciones legales; pida embargos, desembargos, excepciones y sus levantamientos; solicite la venta de los bienes de los deudores; proponga o soliciten nombramiento de martilleros y toda clase de peritos; reconvenga o conteste reconvenciones; oponga y conteste excepciones; ponga y absuelva posiciones; interponga recursos y desista de ellos; tronco, concilie, desista, formule arreglos, conceda remisiones, quitas y esperas, de recibos y carta de pago; y asimismo para que practique cuantos más actos y gestiones fueren necesarios para el mejor desempeño de este mandato, que podrá sustituir. Con lo que terminó el acto; previa lectura y ratificación, la firma el compareciente, por ante mi, que certifico.
Bueno espero que te sirva de ayuda.-
Te respondería lo otro pero me tengo que ir a pasear, jejeje
Saludiños y buen finde.-