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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #676799  por Claudialo
 
Colegas necesito su sugerencia: una señora cuadaba a una persona mayor (pero siempre pagaban los haberes los hijos). ESta fallece y la trabajadora hace el reclmao directamente a los hijos, como contratantes .-

Ahora advierto que la trabajdora trae el telegrama de renuncia (obligada por los hijos) dirigida a la cuasante).-

Tengo que enviar nuevo telegrama, reciticando el anterior, pero a quien lo mando, a los hijos como heredero o la sucesión de la cuasante???
 #676827  por Claudialo
 
Colwgas me comunique con el Ministerio de Trabajo ( Bs. As.) dicen que ante fallecimiento del empleador, no se puede pedir diferencia salarial. Los herederos no son responsables.-
 #676947  por DrCarlosb
 
si los haberes los pagaban los hijos, ellos son los empleadores. Ademas por lo que decis se infiere que era una relacion en negro.

Ahora hacbendo emitido la renuncia, estas complicado. Tenes que demostrar que se vicio la voluntad, que no fue libre por coaccion. Casi imposible.

En el caso de un empleado en blanco, los herederos no son responsables. SI la sucesion. Al trabajador le corresponde la indemnizacion del 247. (Art 249. LCT)
 #676962  por Claudialo
 
Dr. Carlosb, en principio gracias por tu intervención.-

La cuestión se plantea en que pagaban los hijos tanto a la trabajadora como la compañera de trabajo: la relación se encontraba en negro, pero al fallecer la viejita, los hijos de esta (herederos), muy bien asesorados, hacen que la doméstica mande un telegrama de renuncia, pero dirigido a la muerta y al domicilio de esta (que vivía sola).-

No solo renunció a un muerto, sinó que al estar en negro y reconocer en un telegrama de renuncia "al empleador", no puede peticionar diferencia salarial, horas extras adeudadas, ni aún a la sucesión.-Lo que reclama no es la indemnización por muerte del dador, sinó que la muerte de este, impide el reclamo de otros créditos adeudados a la doméstica.-
 #676978  por DrCarlosb
 
Claudia, no estoy de acuerdo. Es un pasivo de la sucesión. ¿En que norma te basas para decir que la muerte impide el reclamo?

Ademas, los telegramas son recipticios. Si la persona estaba muerta, careceria de validez. Incluso con la renuncia se puede reclamar diferencia salarial, horas extras, no así indemnización por antiguedad.

Es mi opinion!
 #677252  por Claudialo
 
Dr. Carlosb, me encanta tu opinión y postura. El criterio que yo aplico, es por haber preguntado al Ministerio de Trabajo, porque la trabajadora es una doméstica.. Y ello llego, luego de pensar la viabilidad de la acción, preguntandome: Como hago para reclamar una diferencia salarial, por un trabajo en negro a una persona que está muerta..?? Es decir, supongamos que lo hago contra la sucesión, todo bien, pero como hacen los herederos para oponerse a un reclamo en diferencia de haberes cuando no le consta lo que abonaba el causante..??. Ello, teniendo en cuenta que tengo que probar la relación laboral (no habría en esto, mayor problema).-

Por otra parte, La cuestión del telegrama de renuncia dirigido al causante, me impide en definitiva, accionar directamente contra los herederos, como empleadores, si quisiera ( ya que ellos pagaban, y el labor consistía en cuidar y asistir a su madre ansiana). Es por ello, que bien asesorados, a fin de evitar todo reclamo posterior, hicieron renunciar a la trabajadora, a modo de "reconocimiento de empleador: La causante"

Me da vueltas, eso que apuntas sobre la validez del telegrama enviado a una persona muerta, cuando la trabajadora laboró hasta el día de su muerte.Es decir devenía innecesaria la renuncia. No obstante que no tenga validez, en pos del principio de Buena fé, si fué dirigida al causante ( aunque ya muerto) no puedo iniciar acción directa contra los herederos ( quienes en definitiva eran los que pagaban) :roll: Porque a pesar de estar en negro y su ineficiencia, reconoció como empleador al causante.-Un abrazo. :roll: -
 #677342  por DrCarlosb
 
Reconocer a la madre como empleada no significa que los hijos no sean solidarios. No como herederos, como empleadores solidarios.

Y en el caso de un empleado en negro, una vez probada la relacion el sueldo se presume. Por lo menos reclamas el minimo que esta claramente establecido.

Yo intimaria y los llevaria al tribunal del servicio domestico
 #677409  por MORGAN
 
si era cuidado de persona enferma es una relación de carácter civil. si era como dama de compañía es servicio doméstico y no se aplica la LCT. en servicio doméstico en caso de muerte del empleador no hay indemnización por antiguedad. el fallecimiento de la empleadora extingue el contrato por lo tanto una renuncia posterior es irrelevante, puede reclamarse sueldos, vacaciones, sac adeudados intimando a los herederos. si el servicio doméstico se prestaba en beneficio de varios integrantes de la misma residencia el contrato estuvo vigente hasta la renuncia y se intima al pago de sueldos, sac, certificados, a que ingresen aportes por el período no ingresado, etc. nulificar una renuncia es difícil.
 #677421  por Claudialo
 
Dr. CarlosB. Vos sugeris que tambien mande telegrama de renuncia a los hijos, para reconocerlos como empleadores..?? y así proceder al reclamo de ellos como solidarios y no como herederos.-??

Recordá que la doméstica, ya mandó telegrama de renuncia a la causante.-Y yo hice un telegrama de reclamo de diferencia salarial dirigido a los hijos como empleadores, Como venció el plazo y no respondieron, advertí que el telegrama de renuncia fué dirigindo a la causante, averigue en el correo y fué así.-

Ante esto, y al tener dudas me comuniqué al Ministerio ( servicio doméstico), y fué cuando me expresaron que si mandó telegrama a la causante, sin importar que esté en negro, reconoció que esta era su empleador y al estar muerto y en virtud de la relación clandestina, no correspondía el reclamo a los hijos.-
 #677431  por Claudialo
 
MORGAN..!!! me perdí de conocerte en el último almuerzo de fin de año, por los pasilos del portal se rumorea que sos muy apuesto... :oops:

Gracias, junto a Dr. Carlosb, sumar en este dialogo. Si bien la renuncia devendría irrelevante, en pos del principio de buena fé y los actos propios, los heredoros no podría oponerse a su legitimación como empleadores directos en ese reconocimiento de empleador, pero ineficaz a los fines de una renuncia..? :roll:

Morgán, sumo tu sugerencia, igual que el Dr. Carlos, vos que sugeris, reclmao alos herederos como hijos de la empeladora, como empelaodres directos , ya que la empleadora era una anciana, ellos pagaban. el servicio era, cuidado, compañía y limpieza durante 12 hs. diarias de 8 :00 hs. a 20 Hs. el suelo $1300.-

Entre las posibilidades, está la de demandar solidariamente, como propone Dr. Carlos. Un abrazo colegas y gracias nuevamente. *abrazo*