Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • TELEGRAMA LABORAL, contestación sin negar hechos.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #673475  por peperinos
 
Hola, el tema es el siguiente: mi cliente mando un telegrama relatando ciertos hechos, la empleadora lo contesto considerando al telegrama solo improcedente, sin negar ninguno de los hecho invocados. Pregunto que valor probatorio tiene el intercambio epistolar en general y que pasa con esos hechos que no se negaron en la cd, ni en modo general ni en particular? Gracias
 #674096  por Romina34
 
tal cual como dice el coleg. el intercambio epistolar en laboral es fundamental, por ello hay que ser muy cuidadoso al responder, debiendo negar punto por punto, caso contrario operan las presunciones a favor del empleado.
saludos,
 #674156  por DAL
 
Yo no soy tan categorica.
Para mí no se trata de negar punto por punto, ya que no es una contestación de demanda.
Lo esencial en un intercambio es FIJAR POSICIÓN, más que negar punto por punto.
Hay que ver el texto, el contexto, para decidir si reconoció o no reconoció, por haber negado o no negado, en forma expresa o generica.
 #674969  por MORGAN
 
quien no es empleador puede guardar silencio ante una intimación y ello no lo convierte en empleador. la presunción funciona siempre que se acredite la relación laboral.
 #675291  por patu
 
Entiendo, que no es necesario negar punto por punto, sino como bien dicen, es fijar posición, aunque no estaría de mas fijar posición y a la vez negar punto por punto a fin de brindar un adecuado servicio jurídico al cliente.
Saludos.